viernes, febrero 12, 2010

Derecho Laboral:La Enfermedad Laboral,Accidente Laboral & La Responsabilidad objetiva del Patrono"

Estos conceptos de Enfermedad Laboral, Accidente Laboral & Responsabilidad objetiva del empleador son indisolubles porque si se declaran las primeras, la segunda debe cumplirse contra todo evento y es que la enfermedad laboral y así también el accidente ocurre o tiene su punto de ignición cuando el empresario violenta las normas de higiene y seguridad industrial. Esta lamentable situación ocurre porque no se hace un estudio serio sobre las condiciones y el ambiente laboral donde desarrollará sus funciones habituales el obrero, el trabajador, no es posible que un trabajador nuevo de buenas a primeras vaya a manipular por ejemplo una maquina inyectora de plástico, digamos la Top 35 donde la figura inyectada en plástico incandecente puede quedarse pegada en la compuerta y el obrero en un acto de ingenuidad mete la mano para despegar la figura de plástico que se quedó atascada y de golpe se acciona el troquel y le arranca la mano por atricción al trabajador,ésta situación penosa le sucedió a un representado nuestro hace ya más de 15 años y el empleador se negó a indemnizar al trabajador, lo que supuso un juicio largo que terminó con la condena al empleador,ésto no basta porque las EMPRESAS QUE NO RESPETAN LAS NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL SON MAQUINAS DE MOLER GENTE, es impresionante la gran cantidad de Mutilados,desfigurados y de enfermos propiamente dichos que estan generando nuestras empresas.Por ello hemos considerado volver a alertar a nuestra población laboral de éstas circunstancias, ya que lo que todos queremos ES LA SALUD DE LOS TRABAJADORES no que tengan que ir a los Tribunales a buscar una Indemnización,lo que queremos ES LA PAZ LABORAL generada por un ambiente SANO & SEGURO allí está el meollo del asunto, siendo así las cosas LOS LLAMADOS COMITES DE HIGIENE & SEGURIDAD INDUSTRIAL deben cumplir con su obligación de DENUNCIAR LAS CONDICIONES INSEGURAS al INSAPSEL para que en conjunto logren SANCIONES PREVENTIVAS DE ACCIDENTES & ENFERMEDADES LABORALES para que en el futuro tengamos una Población más sana ya que no podemos seguir con ese panorama gris de una población laboral enferma producto de la violación constante de las normas que garantizan un ambiente Seguro para la ejecución de sus labores.El principio de la Responsabilidad objetiva nos señala que cuando ocurre un Accidente o una Enfermedad laboral el empresario y/o el patrono debe indemnizar al trabajador de conformidad a las normas de la especialidad pero además debe indemnizarle por DAÑO MORAL porque su vida a partir del accidente o enfermedad laboral ya más nunca será la misma.
Cordiales, Saludos !!!


Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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