En la legislaciòn Holandesa se pretende aprobar un conjunto de normas que van a nuestro criterio mucho màs lejos de la Eutanasìa toda vez que proyectan aplicar las normas del Suicidio asistido a aquellas personas que estàn en un Estado de coma Profundo en pocas palabras a Pacientes que no estan conscientes , es decir, sin ni siquiera el conocimiento directo del afectado o vìctima ,decimos vìctima porque es obvio que bajo èste Sistema NO SE RESPETA ni el Debido Proceso , ni mucho menos el Derecho a la Defensa condiciones que garantizan que los Derechos fundamentales del afectado puedan considerarse adecuadamente tutelados por cualquier ordenamiento Jurìdico,la situaciòn es cada vez màs grave porque estamos hablando de PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS que por supuesto NO GARANTIZAN EL DERECHO A LA DEFENSA,tratandose de la disposiciòn del DERECHO ESENCIAL Y CONNATURAL AL SER HUMANO COMO LO ES LA VIDA esto constituye una Liberalidad maniestamente inconstitucional porque sì la Constituciòn de un Paìs protege LA VIDA como un Derecho fundamental el mismo no puede ser dispuesto en un procedimiento administrativo, pensemos en la Corrupciòn si alguien con intereses Non Santos se salta todas las garantias de Ley sus actuaciones no pueden generar coensecuencia Jurìdica alguna ¿entonces? pensemos un momento en materia de Derecho Penal el Principio de la Legalidad se enuncia asì: "Nullum Crimen Nulla Poena sine Previa lege Penale" exige que la Acciòn sea Tipica Culpable y antijuridica (A.T.A.C.) en efecto EL HOMICIDIO està establecido como Delito contra las personas en todas partes del Mundo,luego la eutanasia cometida en contra de alguien que no puede decidir o discernir acerca de la terrible consecuencia que esta genera, es decir, su propia muerte es un HOMICIDIO , la acciòn es tipica porque esta prevista por l Ley como DELITO DE HOMICIDIO, es antijurìdica porque va contra un bièn tutelado por la Ley, es decir, LA VIDA , es Culpable porque debe haber intenciòn y tiene una consecuencia Jurìdica que es LA PENA CORPORAL a quièn infrinja la Ley,luego una NORMA PENAL està consagrada en una NORMA FORMAL & MATERIAL PARA SER EJECUTADA POR UNA AUTORIDAD JURISDICCIONAL, es decir, UN JUEZ, y esta Ley de Suicidio asistido pretende DESPENALIZAR EL HOMICIDIO CALIFICADO POR PREMEDITACIÒN Y ALEVOSIÀ convirtiendolo en EUTANASIA o en SUICIDIO ASISTIDO,esta es una autentica aberraciòn Jurìdica por las razones que a continuaciòn expresamos: 1-Porque UNA NORMA de caràcter Mèdico no puede DEROGAR una NORMA DE CARACTER PENAL que protege el Derecho Fundamental de LA VIDA el cuàl es un Derecho de caracter Universal.2-Porque el Derecho de la Vida al tener un caràcter Universal no puede suspenderse en un ESTADO NACIONAL en particular.3-Porque una MATERIA ATRIBUIDA AL CONTROL JURISDICCIONAL no puede ser sometida por una NORMATIVA DISTINTA A LA PENAL al conocimiento de una AUTORIDAD ADMINISTRATIVA y mucho menos un procedimiento Administrativo porque ello serìa violatorio del PRINCIPIO DEL DEBIDO PROCESO y EL DERECHO A LA DEFENSA.4 por tratarse del DERECHO A LA VIDA es necesario someter el conocimiento del caso al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL respectivo que es quièn tutela EL RESPETO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. En fin sì un MEDICO HOLANDES es requerido para la Pràctica de una Eutanasia o de un Suicidio asistido tiene el FUNDAMENTO LEGAL de negarse a participar por razòn de que dicha acciòn constituye HOMICIDIO el cuàl es un Delito contra LAS PERSONAS de caràcter Universal basado en que dicho DELITO NO ESTA SUSPENDIDO tanto es asì que si buscamos EL CODIGO PENAL HOLANDES encontaremos debidamente consagrado e instituido EL DELITO DE HOMICIDIO por lo cuàl no se ha despenalizado, de la misma forma podrà alegar que dicha ORDEN ES MANIFIESTAMENTE ILEGAL y CONTRARIA AL JURAMENTO HIPOCRATICO que hacen todos los mèdicos a nivel Universal como lo es SALVAGUARDAR LA VIDA A TODO TRANCE Y LUCHAR CON LA MUERTE CON EL OBJETIVO DE GARANTIZAR LA VIDA.
Cordiales, Saludos !!!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
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Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
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