sábado, septiembre 15, 2012

Derechos Humanos: Declaración Américana de Derechos y Deberes del Hombre y Declaración Universal de los Derechos Humanos


"Centro Profesional La Cascada sede de Andrea De León Abogados Consultores"


La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, establece DERECHOS & DEBERES en dos grandes capítulos:

1. Los Derechos que van del artículo1 al 28

2. Los Deberes que van del artículo 29 al 38,

En cuanto a La Convención Americana de Derechos Humanos podemos decir que está se divide así:

3. Deberes de los Estados y derechos protegidos

4. Medios de protección, que son la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

5. Disposiciones generales y transitorias.

En la Declaración Universal de Derechos Humanos , los Derechos proclamados se agrupan así:

1. Derechos Individuales, Civiles y Políticos, conocidos como derechos de primera generación. Pertenecen a ésta clasificación los Derechos inherentes a la persona Humana entre los que destacan el Derecho a la Vida y el Derecho a la Libertad.

2. Derechos Económicos, Sociales y Culturales o derechos de segunda generación .Estos exigen una actuación diligente y oportuna del Estado Nacional para satisfacer las necesidades del Ciudadano

3. Derechos de los Pueblos. Denominados también derechos de solidaridad o de tercera generación. En ellos se atiende a la satisfacción de los intereses comunes a la especie Humana su ejemplo clásico lo constituye el Derecho a la Paz y al Medio ambiente.


En mí criterio personal de los Derechos enumerados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los de mayor trascendencia en orden de Jerarquía son:

1. El Derecho a la Vida: Es el Derecho fundamental de la Humanidad, la vida es requisito sine qua non para poder acceder a cualquier otro Derecho.

2. El Derecho a la Libertad Personal. Una vez se accede a la Vida el Derecho que se aprecia como necesario para el acceso a los Derechos subsiguientes es la Libertad, vida y libertad constituyen el “Binomio de Oro” en materia de Derechos Humanos, una persona privada injustamente de su libertad no puede acceder a la amplia gama de Derechos Humanos de la cuál es titular.

3. El Derecho al Libre Pensamiento. La construcción de la personalidad individual y el desarrollo de la humanidad dependen de la libertad de pensamiento ,no poder expresar lo que se piensa y lo que se siente hace nugatorios los Derechos Humanos por lo que la libertad de pensamiento constituye la piedra angular sobre la cuál se fundamenta el desarrollo de la personalidad individual fuente inagotable de bienestar para todo ser Humano.

4. El Derecho al Trabajo. La única forma legítima de acceder a la riqueza es a través del Trabajo, fuente generadora de bienestar que permite el acceso a otros Derechos como la salud ,Vivienda digna, recreación, etc, etc, ect.

5. El Derecho a la Propiedad Privada: Una vez se ha accedido a la Vida, la libertad, el libre pensamiento y el Derecho Trabajo el ejercicio de todos estos derechos genera frutos que por su origen legítimo se traduce en bienestar y en acceso a los bienes materiales para acceder a un adecuado nivel de vida , razón por la cuál la propiedad privada es y será siempre un Derecho y una garantía de que tú esfuerzo personal no se pierda y se vea traducido en una fuente inagotable para su titular y sus causahabientes de bienestar y gozo de sus Derechos Fundamentales.

Cordiales, Saludos !!!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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