viernes, marzo 26, 2010

Derecho Internacional Pùblico: "El Consenso de Monterrey abriò la posibilidad de Reformar el Sistema Econòmico Internacional "


El dìa Jueves 12 de Marzo del 2.010 asistimos a la Universidad Catòlica Andres Bello a partir de las 5:30 P.M. en su Sede de La Castellana (CIAP-U.C.A.B.) en el Municipio Chacao del Estado Miranda (Gran Caracas) a un interesante “Curso sobre el Impacto de las Relaciones Internacionales en las Decisiones Gerenciales” dictado por el Embajador Dr: Vicente Emilio Vallenilla , èste exitoso Diplomàtico de Carrera tiene la virtud de haber representado al Grupo de los 77 en el llamado “Consenso de Monterrey”, donde le tocò negociar en nombre del antedicho Bloque de Paìses No Alineados “ la transformación del Sistema econòmico Internacional” (Instituciones de Bretton Woods),dicho encuentro Internacional contò con una gran convocatoria donde sin lugar a dudas Venezuela a travès de su representante ejerciò un Gran Liderazgo que logrò la asistencia a dicho conclave de màs de 60 Presidentes de Estado todo lo cuàl implicò màs de 5.000 Negociadores, èste proceso de negociación fuè difícil ya que las Instituciones de Bretton Woods ejercen hegemónicamente el poder econòmico Mundial , tan es asì que dichas Instituciones nunca habian sido sometidas a revisiòn desde su creación. Este acontecimiento Diplomatico abriò las puertas para el proceso de Reforma a las Instituciones de Bretton Woods generando en consecuencia la discusión del asunto relacionado con el eje fundamental de la economìa Mundial.

Dicho “Consenso de Monterrey” cuenta con una Secretaria para su seguimiento e implementaciòn toda vez que en el texto del mismo aparece el compromiso expreso de las altas partes contratantes de continuar las deliberaciones relacionadas con èste tema trascendental para la economìa Mundial.

La dinàmica de la Clase Magistral fuè enriquecida con la intervención del Dr: Oscar De Rojas vìa Skype a travès de Internet desde la Ciudad de New York- Estados Unidos de Norteamerica quièn señalo que la Intervenciòn del Dr: Vicente Emilio Vallenilla en el Consenso de Monterrey ha sido de una increible influencia y que Venezuela debe estar orgullosa de su negociador que generò una gran representación y que a èl no le cabe duda de que èste liderazgo personal logrò la firma del consenso. Luego el Dr: Oscar De Rojas hizo una anàlisis de la situación actual del Consenso de Monterrey diciendo que se siente pesimista en relaciòn al proceso de transforaciòn que aspira llevar a cabo dicho instrumento Internacional, ya que el Grupo de los 20 al tiempo en que se reunieron los miembros en Doha, Qatar donde se hizo un seguimiento al Consenso de Monterrey han hecho un acercamiento a Paìses claves del Grupo de los 77 tales como China que según se desprende de sus actuaciones tiene su propia Agenda a parte del Grupo,lo mismo sucede con Brasil que pretende su ingreso al Grupo de los 20 esta actitud desfavorece el clima de uniòn que debe privar en el Bloque negociador del G-77.Sin embargo se sostiene que hay que esperarar puès las condiciones del escenario econòmico Mundial podrìan presionar sobre el consenso de Monterrey en busqueda de la tan anhelada transformación.

De seguidas se abriò un ciclo de preguntas donde el Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez- ABOGADO-U.C.A.B. planteo las siguientes interrogantes: 1)¿ El Grupo de los 20 busca Dividir al Grupo de los 77, incluyendo a miembros de èste ùltimo en su seno? Respondiò que sì pero No abiertamente. 2) ¿Se ha perdido el Factor de Cohesiòn en el Grupo de los 77? Respondiò que obviamente que sì y que la causa puede deberse a la Falta de Liderazgo caso contrario a cuando Venezuela lidero las negociaciones en el año 2.002. 3) ¿Usted cree que el Grupo de los 20 està manejando la tesis de Divide y Venceràs con el Grupo de los 77? Respondiò que Si pero que no es una estrategia abierta, ni Institucional sino màs bièn una tendencia practica que pretende atraer al Grupo de los 20 a miembros importantes del Grupo de los 77.

Datos tècnicos del Consenso segùn Wikipedia:

El Consenso de Monterrey es el resultado de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo del 18 hasta el 22 de marzo de 2002 de los Naciones Unidas (ONU) en Monterrey, México. Aparte de delegaciones gubernamentales participaron las Naciones Unidas, el Fondo Monetario Internacional (IMF), el Banco Mundial, la Organización Mundial del Comercio (OMC) y delegados de privados y civiles. Constituye la primera conferencia en cual en un margen de las Naciones Unidas fue discutido el financiamiento para el desarrollo.

El documento final contiene secciones sobre

  • Movilización de recursos financieros nacionales para el desarrollo
  • Movilización de recursos internacionales para el desarrollo: la inversión extranjera directa y otras corrientes de capitales privados
  • El comercio internacional como promotor del desarrollo (Véase también Conferencia sobre el Comercio Mundial)
  • Aumento de la cooperación financiera y técnica internacional para el desarrollo
  • La deuda externa (Véase también las iniciativas HIPC y MDRI)
  • Tratamiento de cuestiones sistémicas
  • y el proceso succediente.

"Definiciòn de los Acuerdos de Bretton Woods segùn Wikipedia"

Los Acuerdos de Bretton Woods son las resoluciones de la Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas, realizada en el complejo hotelero de Bretton Woods, (Nueva Hampshire), entre el 1 y el 22 de julio de 1944, donde se establecieron las reglas para las relaciones comerciales y financieras entre los países más industrializados del mundo. En él se decidió la creación del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional y el uso del dólar como moneda internacional. Esas organizaciones se volvieron operacionales en-1946.
En fin esperamos que el mismo sea de su utilidad
a los fines legales consiguientes.


Cordiales, Saludos !!!


Dra. Emilia De Leòn Alonso de Andrea

ABOGADO-U.C.A.B.


Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez

ABOGADO-U.C.A.B.

sábado, marzo 20, 2010

Derecho Energètico: Caso Exxon Mobile Vs Venezuela, sìntesis de la Sentencia del Juez Inglès"



En relaciòn a los pormenores de la Sentencia se observan las obligaciones que el Juez Paul Walker Impone a Exxon Mobile entre ellas estan:



  • Revocada la Congelaciòn de Activos por 12.000 Millones de Dollares, lo que deja ver que los argumentos de PDVSA fueron admitidos en su totalidad dada la exagerada desproporciòn entre la cantidad demandada y la cantidad garantizada.


  • Deber de Notificar la Decisiòn dentro de las Pròximas 48 Horas a todas las Entidades del Entorno comercial y Financiero de PDVSA a las que la propia Exxon haya Notificado, esto para que el propio "Agresor Injusto" comience a REPARAR EL DAÑO de la Mala Fama que le procurò a PDVSA.


  • Se le otorgan 48 Horas adicionales a Exxon Mobile para que Notifique a los Clientes de PDVSA acerca de la resoluciòn del Tribunal pensamos que esta carga es importante porque Exxon Mobile cuando procediò de esta forma absurda y abrupta causa daños morales que para ser Reparados requieren que el propio AGRESOR aclare de su propio Puño y letra ante la comunidad de Clientes y relacionados de la Empresa Ofendida en su Honor y buena Reputaciòn.


  • Exxon Mobile deberà cancelar por concepto de Costas y Costos del Proceso a PDVSA la cantidad de 380.000 Mil Libras , creemos nosotros que èsta cosecuencia otorga al Dr: Gordon Pollok en su condiciòn de Apoderado de PDVSA la posibilidad de reclamar pago de Honorarios Profesionales de Abogados a Exxon Mobile.


  • Es Importante resaltar que el Juez Walker le solicito a PDVSA hacer una estimaciòn de los Costos en que incurriò su representaciòn Legal (Honorarios Profesionales de Abogados, auxiliares legales, peritos y todo cuanto profesional especializado tuvo que contratar para afrontar el proceso legal abierto en su contra).


  • A Pesar de que existe una garantìa de 1 Millòn de Dolares aportada por Exxon Mobile al Tribunal creemos que ella no serà suficiente para cubrir las costas y costos del proceso dada la gran cantidad de profesionales y tecnicos que hubo que contratar para la demostraciòn de la Solvencia Moral y Econòmica de PDVSA.


  • La Decisiòn del Juez Paul Walker repercute directamente en la Congelaciòn de Activos promulgada en Holanda y las Antillas por lo cuàl ellas quedan sin efecto, recordemos que se trato de una Medida exagerada y absurda que trato de afectar las operaciones Mundiales de PDVSA por lo que se hace necesario hacer un AVALUO real del Daño Moral, Financiero y Daño Directo causado en la imagen y reputaciòn de PDVSA los cuales deben ser indemnizados por Exxon Mobile.


  • La Jurisdicciòn NORTEAMERICANA sostiene la Congelaciòn de los 315 Millones de Dollares, recordemos que èsta fuè dictaminada por otro Tribunal de la Corte Distrital de Manhattan siendo esa Jurisdicciòn la que manejarà el conflicto vìa ARBITRAJE INTERNACIONAL por lo que en cuyo caso podrìa mantenerse la Medida, lo Cuàl de todas maneras es Absurdo porque el TRIBUNAL ARBITRAL no tiene competencia ni facultades para dictar Medidas Preventivas.


  • Hay que Recalcar que el Recurso Tècnico intentado por EXXON MOBILE para lograr la Congelaciòn Espurea se llama MAREVA INJUCTION Recurso extraordinario que se utiliza para garantizar activos de una empresa que se presume que los disiparà en perjuicio de sus acreedores ,la cuàl el Juez Paul Walker declaro como Desproporcionada por considerar que la Empresa goza de una Buen Salud Financiera al registrar activos superiores a los 56 Mil Millones de Dollares.Inclusive expreso textualmente "...NO ESTOY ENTERADO DE LA EXISTENCIA DE NINGUNA ORDEN DE CONGELACION QUE SE HAYA DICTADO CONTRA UNA COMPAÑIA CON ACTIVOS DE ESE TAMAÑO..."


  • Fue deshechada la Figura del FRAUDE INTERNACIONAL contra PDVSA porque los elementos probatorios presentados por Exxon Mobile fueron muy pobres y nunca probò plenamente ningùn tipo de riesgo ni el Fumus Bonis Juris ,ni el Periculum in Mora,ni mucho menos el Periculum In Damni.


  • Aunque Exxon Mobile alegò la Mala Fè de PDVSA, sin embargo el Juez deja ver en su sentencia lo contrario al declarar la intenciòn del Gobierno Venezolano de indemnizar a Exxon con lo que por vìa de consecuencia es Prueba de la Buena Fè de la Estatal Venezolana(Precedente Importante para la resoluciòn del conflicto en Arbitraje).


  • Venezuela anunciò demanda por un Diferencial de Barriles de Petroleo no Declarados por Exxon Mobile Cerro Negro y los cuales definitivamente debrà pagar a Venezuela, esta acciòn serà conocida por Tribunales Venezolanos porque se trata de hechos extracontractuales surgido y acaecidos en la Jurisdicciòn Venezolana no exstiendo en consecuencia Inmunidad en torno a la jurisdicciòn Venezolana por parte de Exxon Mobile.

Celebramos la Decisiòn , Felicitamos a nuestro distinguido Colega el Dr: Gordon Pollok y le sugerimos que NO LLEGUE A NINGUN ARREGLO en el Tribunal de Arbitraje sin que antes SE TASEN LOS DAÑOS MORALES, A LA REPUTACIÒN Y BUENA FAMA DE PDVSA generados por la TORPE actuaciòn de Exxon Mobile.



Cordiales, Saludos !!!



Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea

ABOGADO-U.C.A.B.


Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàez

ABOGADO-U.C.A.B

viernes, marzo 19, 2010

Derecho Energètico: "Obviamente el Informe de Alan Greesnpan se equivocò respecto a su visiòn negativa sobre PDVSA"



En relaciòn al cèlebre Informe de Alan Greenspan Ex- Presidente de la Reserva Federal Norteamericana sobre PDVSA, debemos decir que no son ajustadas a la verdad actual de nuestra Industria Petrolera, porque si bièn es cierto que se registro una baja en la producciòn por las causas Polìticas que todos sabemos, no es menos cierto que PDVSA para bièn de los Venezolanos sigue dando un importante aporte a la economìa Venezolana y eso ya es decir mucho,asì mismo pensamos que la expansiòn de los Mercados y/u Horizontes que se han abierto al Petroleo Venezolano no son nada despreciables puès nunca ha sido bueno depender de una sòla fuente de ingresos ,la diversificaciòn trae tambièn un poco de independencia y eso a nivel economico es muy bueno la posibilidad de Colocar Crudo en Mercados Foràneos como el Chino por ejemplo asegura a nuestra Empresa Petrolera Viabilidad en el futuro pròximo ,eso aunado a la cercania de nuestro mercado petrolero natural como lo es Estados Unidos de Norteamerica nos otorga un nivel de estabilidad razonable, tampoco se puede hablar de destrucciòn de la Empresa puès es obvio que planes como el de la explotaciòn de la faja petrolifera del Orinoco y su anàlisis de reservas otorgan al pais una certificaciòn (Garantìa) importante en el Mercado Petrolero Mundial (LA MAYOR RESERVA PETROLERA PROBADA DEL MUNDO), por tanto creemos que este Gurù de la Economìa Mundial en el caso Venezolano se basò en un " Falso Supuesto " porque si bièn no estamos en el màximo de producciòn ,sì tenemos màxima reserva,pool de Inversionistas en el mercado Petrolero,Nuevos Horizontes de economìa relativamente competitivas en relaciòn al peso especifico de la economìa Norteamericana, en fin los extremos siempre han sido malos por lo que un Informe que no exprese las realidades en su verdadero contexto no puede ser tenido como cierto.


Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

miércoles, marzo 17, 2010

Derecho Energètico:" La Clàusula Rebus Sic Stantibus en los contratos de suministro de Petròleo"


Cuando hablamos del Principio Rebus Sic Stantibus ( expresión latina, que puede traducirse como "estando así las cosas" ) estamos ingresando a un tema fascinante que nos coloca frente al momento de crisis del Contrato Petrolero ,donde generalmente el Estado esta frente a una encrucijada dado que tiene que evaluar sì los intereses del Paìs exigen un cambio dràstico de las condiciones Originalmente establecidas en el Contrato , esta singularidad se presenta en la relaciòn que se desarrolla entre una Empresa Trasnacional como por ejemplo Exxon Mobile y El Estado Venezolano, asì las cosas dicha experiencia fàctica puso al Estado ante el dilema de seguir dando continuidad a las Obligaciones Contractuales o por el contrario poner por encima de dichas regulaciones contractuales el interès Nacional Venezolano màs aùn en un momento donde las condiciones del Mercado Petrolero Mundial estan Revolucionadas en virtud de una cantidad de Hechos Internacionales que bièn vale la pena destacar :



  • La Alta Demanda de Energìa por parte de la Repùblica Popular China : La Naciòn màs Grande del Mundo entro al Consumismo y esto relanzò el Mercado Econòmico Mundial, basta con ver el desarrollo portentoso que demuestran las Ciudades Chinas entre ellas Shangai que se presenta como un nuevo polo de desarrollo desafiando Ciudades Occidentales como New York.


  • La Alta Demanda de Energìa por parte de la India : Esta se nos presenta como la segunda Naciòn màs grande del Mundo , Paìs con grandes Contrastes donde se destacan niveles de superdesarrollo y consumo en areas como la Tecnologìa, Energia Nuclear, Industrializaciòn y Consumismo desmesurado todo lo cuàl hace ingresar a un actor en el mercado Mundial de combustibles con un peso especifico representado por un Consumo similar al de una Superpotencia Occidental.


  • La Tensiòn generada por IRAN con sus Nuevos Proyectos de Nuclearizaciòn del Estado Islamico lo cuàl crea un desequilibrio en la Regiòn que afecta el Poder obstentado por la Potencias Regionales, el sòlo hecho de una amenaza de conflicto en la regiòn afecta el Mercado Petrolero Mundial ya que la Producciòn de Iran mantiene el equilibrio entre demanda y consumo en materia energetica, es de resaltar que la OPEP ya ha aclarado que NO PUEDE ASUMIR la Producciòn de IRAN para el caso de un Conflicto Bèlico.


  • El crecimiento de Brasil y sus Problemas internos, èste Pais tiene la peculiaridad de estar sentado en la mesa con las grandes potencias Mundiales, siendo a los efectos una Potencia Regional que tiene fuerza de atracciòn e influencia sobre todas las economìas de la Regiòn aunque tiene Producciòn Petrolera ,la cuàl se va en el consumo interno tiene problemas fuertes en el area Sindical amenzando los obreros petroleros con huelgas y medidas de presiòn lo cuàl genera una tendencìa al alza en los precios petroleros Mundiales ya que el Consumo de Brasil equivale al de una Superpotencia Occidental.


  • Los Estados Unidos de Norteamerica, sin duda la Superpotencia Industrial de èste Siglo , agota sus reservas de Petroleo,las noticias de que Salt Lake està desabastecida y de que su inventario de Barriles no aumenta hace que los Precios del Petroleo esten en alza lo cuàl hace que el Estado Norteamericano compre Petroleo a Futuro à muy altos precios lo cuàl dà fundamento a que los Precios se mantengan estables en esos altos Niveles por lo menos por 10 años màs la presiòn es tan grande que se AUTORIZO PERFORACIONES EN ALASKA lo cuàl es un hecho inedito en el mundo, aùn cuando Green Peace y Protocolo de Kioto (U.S.A. no se adhirio) el peso de la necesidad de energìa como fuente de generaciòn de riqueza ha podido màs dado que la Industria Norteamericana necesita como moverse y esto està montado en base al Petroleo.


  • Las Reservas de Mèxico NO SON CONFIABLES dado que a la fecha no se han certificado y la producciòn a la fecha no ha aumentado significativamente siendo necesarias grandes inversiones en exploraciòn y perforaciòn, màs sin embargo Mèxico se comporta como aliado importante de los Estados Unidos de Norteamerica siendo hasta cierto punto una vàlvula de escape para la economìa Norteamericana.


  • La Uniòn Europea esta sedienta de Energìa : Es un hecho Notorio que la desaceleraciòn de la Economìa Europea se debe fundamentalmente a los altos costos del Petroleo ,lo cuàl produce un efecto cascada sobre todos y cada uno de los factores econòmicos productivos de la Uniòn.

Siendo asì las cosas la aplicaciòn del Principio Universal "REBUS SIC STANTIBUS" ( principio de Derecho, en virtud del cual, se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos lo son habida cuenta de las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, esto es, que cualquier alteración sustancial de las mismas puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones) es perfectamente aplicable a la actualidad de la negociaciones celebradas por Venezuela con Empresas Trasnacionales (Liberandose en consecuencia de las Obligaciones previamente contraidas tal y como pasò con Exxon Mobile) que vienen a explotar de manera conjunta el Petroleo Venezolano, dado que el Mercado Petrolero Mundial es Volatil en los actuales momentos y obviamente el Estado no puede tener sobre sì UNA CAMISA DE FUERZA que no le permita aprovechar la coyuntura del Mercado Petrolero Mundial en Beneficio del Paìs, creemos que por allì deben orientarse nuestras Polìticas en el area Energetica dado que en el futuro Venezuela debe consolidar su presencia en el Mercado Petrolero Mundial con la garantìa de que el Estado recibirà el mejor dividendo por la Venta de cada Barril de Petroleo que produzca PDVSA, sus filiales y las Empresas trasnacionales que nos acompañan en dicho proceso productivo.

Cordiales, Saludos !!!

Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

jueves, marzo 11, 2010

Derecho Mèdico: " Eutanasia Vs Falta de atenciòn en los pacientes terminales"


Primun Non Noscere , primero no hacer daño ese es el punto de partida del ejercicio de la Medicina, el Mèdico a nuestro criterio es por antonomasia el enemigo natural de la Muerte,razòn por la cuàl aquellos que aprueban la pràctica de la Eutanasia simple y llanamente violentan la estructura principal del sacerdocio que significa ejercer la Medicina, aquellos que aprueban està practica incurren en una pràctica que es considerada CONTRA NATURA en el mundo de la Medicina.Posiciones como la de "Menguele" y otros que jugaban al Angel de la Muerte estàn condenados por la Ciencia y la Religiòn dado que contradicen el principio Etico-Religioso que se pregunta ¿Quièn como Dios? La Vida la dà Dios y sòlo èl puede decidir cuando èsta termina.El Mèdico cuando enfrenta una Enfermedad Incurable debe seguir otro de los grandes Principios rectores de la Ciencia Mèdica que le indica "PRIMERO CURAR,PERO CUANDO NO SE PUEDE ALIVIAR", es decir, señores NUNCA MATAR (EUTANASIA), esto es importante entenderlo porque los procedimientos terapeuticos buscan en primer lugar el bienestar del paciente y ese bienestar puede existir tanto en la Salud como en la Enfermedad, las enfermedades incurables se pueden hacer màs llevaderas con una estrategia terapeutica de alivio del dolor y del sufrimiento.La atenciòn de un paciente terminal ha de ser eficaz en cuanto al alivio del Dolor,pero tambièn debe ser expedita,debe ser inmediata porque aunque el paciente terminal no tiene curaciòn si puede tener alivio y todo depende de una buena practica Mèdica,un Mèdico debe ante todo ser eficiente en su conducta terapeutica y esto implica acompañar al paciente terminal hasta el fin de sus dìas de lo contrario incurrirà en una Mala Praxis Mèdica.
Cordiales, Saludos !!!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

jueves, febrero 18, 2010

Mala Praxis Médica: Entrevista rendida por Andrea De León, Abogados Consultores al canal de Noticias NTN 24 Nuestra Tele : Caso Eutanasia Ray Gosling.

El día de ayer acudimos a las 7:00 P.M. al Programa de Televisión Internacional LA MAÑANA en el canal Nuestra Tele NTN 24 que se publica en Europa, America y los Estados Unidos de America, para participar como Abogados consultores en Derecho Médico en el sonado caso del Periodista Ray Gosling de la BBC, donde este último confesó haber aplicado la Eutanasia a su pareja, en razón de lo mismo y a los efectos de brindar una guia de conocimientos básicos para entender el tema de la Eutanasia reproducimos publicación que sobre el delicado tema de la Eutanasia hicieramos en fechas pasadas, Gracias al personal de tan prestigioso canal,ciertamente el profesionalismo que hemos podido constatar en dicha planta televisiva nos hace sentirnos honrados de haber participado en su programación.


Cordiales, Saludos !!!


Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.




En Venezuela cuando se analiza el tema de la Eutanasia siempre surge una contienda doctrinaria entre los que defienden EL DERECHO A MORIR y los que difienden el concepto de la indisponibilidad de LA VIDA,los argumentos que se oyen de lado y lado siempre tienen una gran carga de emotividad y de pensamiento filosofico Universal,casos tan graves como el de Terry Shiavo y otros han despertado la fibra de Humanidad que hay en todos y cada uno de nosotros.Ahora bién una cosa es esa discusión apasionada y apasionante que genera un tema tan delicado y otra muy distinta la que establecen las normativas Venezolanas , debemos comenzar diciendo que en nuestro País está negada de plano la Figura de la EUTANASIA considerada ésta como un actuar positivamente para lograr como resultado La Muerte del Paciente que le ha solicitado al Mèdico ayuda a esos fines, es decir, una acción tendente a lograr el resultado de cese de signos vitales del paciente,como ejemplo podemos dar el caso hipotètico de aquel profesional que previa solicitud de su paciente le aplica una inyección letal para que éste muera (recuerden el sonado caso del Dr: Muerte), esa posibilidad en Venezuela está negada de pleno Derecho, simplemente el profesional que incurra en ésta acción estaría cometiendo EL DELITO DE HOMICIDIO, no puede ningún profesional de la Medicina AYUDAR A MORIR A NADIE pués el concepto de Muerte desde el punto de vista Médico legal se va a determinar no por el cese de funciones vitales del paciente sino por EL CESE ABSOLUTO DE LA FUNCIÓN CEREBRAL, por tanto el electro encefalograma debe aportar una Linea recta que exprese ausencia total de actividad,ese serìa el momento donde desde el punto de vista legal se le considera Muerto al paciente por estar muerto cerebralmente,es importante hacer està distinciòn porque lo que sì se acepta en Venezuela es la ORTOTANASIA en Wikipedia se lee lo siguiente:"...Ortotanasia (del griego orthos: 'recto y ajustado a la razón' y del griego thanatos: 'muerte') o muerte digna, designa la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal.Por extensión se entiende como el derecho del paciente a morir dignamente, sin el empleo de medios desproporcionados y extraordinarios para el mantenimiento de la vida. En este sentido se deberá procurar que ante enfermedades incurables y terminales se actúe con tratamientos paliativos para evitar sufrimientos, recurriendo a medidas razonables hasta que la muerte llegue.
La ortotanasia se distingue de la
eutanasia en que la primera nunca pretende deliberadamente el adelanto de la muerte del paciente. La ortotanasia es la actitud defendida por la mayoría de las religiones..." consiste en retirar los aparatos que mantienen vivo al paciente de forma extraordinaria pero para que esto sea totalmente legal debe haberse certificado desde el punto de vista mèdico LA MUERTE CEREBRAL, es decir, que el paciente èste en Estado Vegetal y que èste no sea capaz de sostenerse en vida a travès de sus propios medios fisicos, es entonces cuando a solicitud de los Familiares se puede desconectar las maquinas que le mantienen vivo de forma extraordinaria el cese de sus funciones vitales se producirà naturalmente,es importante contar con la autorizaciòn de los familiares porque tampoco puede ser una decisiòn unilateral debe ser consultada, la diferencia con la EUTANASIA es absoluta porque la ORTOTANASIA es pasiva en cambio la primera es activa no se trata de una acciòn para provocar la muerte sino de retirar un soporte extraordinario,muchos se preguntaran si se desconecta el aparato y el paciente aùn vive puès seguirà viviendo hasta que Dios y sus fuerzas se lo permitan porque el equipo medico no podrìa inducir la muerte. Consultando Wikipedia nuevamente encontramos lo siguiente : "...El término eutanasia deriva del griego: "eu" (bien) y "thanatos" (muerte). Es todo acto u omisión cuya responsabilidad recae en personal médico o en individuos cercanos al enfermo, y que ocasiona la muerte inmediata de éste.
Quienes la defienden sostienen que el fin del acto es evitarle sufrimientos insoportables o la prolongación artificial de la vida a aquel enfermo, presentando tales situaciones como contrarias a la dignidad. También sus defensores sostienen que para que la eutanasia sea considerada como tal, el enfermo ha de padecer, necesariamente, una enfermedad terminal o incurable, y en segundo lugar, el personal sanitario ha de contar expresamente con el consentimiento del enfermo.
Otros, creen que los programas de eutanasia están en contraposición con los ideales con el que se defiende su implementación. Por ejemplo, los médicos durante el régimen
nazi hacían propaganda en favor de la eutanasia con argumentos tales como la indignidad de ciertas vidas que por tanto eran, según aquella propaganda, merecedoras de compasión,1 para conseguir así una opinión pública favorable a la eliminación que se estaba haciendo de enfermos, considerados minusválidos y débiles (Aktion T-4) según criterios médicos. Por eso, ante la realidad de los crímenes médicos durante el régimen nazi, en los Juicios de Núremberg (1946 – 1947) se juzgó como criminal e inmoral toda forma de eutanasia activa y además se estableció desde entonces de manera positiva, es decir expresamente, que es ilegal todo tipo de terapia y examen médico llevado a cabo sin aclaración y consentimiento o en contra de la voluntad de los pacientes afectados.
Actualmente en muy pocos países se ha despenalizado la eutanasia, por ejemplo Holanda es uno de ellos, y en ellos todavía permanece tipificado como homicidio, por ejemplo como homicidio pietístico o bien como asistencia al suicidio...." Concluyendo podemos sostener lo siguiente:
La Eutanasia està prohibida en Venezuela.
El Mèdico que incurra en dicha pràctica a la par de incurrir en Mala Pràxis Mèdica incurre tambien en Homicidio.
La Muerte Cerebral es la Muerte Oficial en Venezuela a los fines del retiro de equipos mèdicos que mantienen la vida de forma extraordinaria.
La Ortotanasia es aceptada en Venezuela siempre y cuando se haya certificado la muerte cerebral y se cuente con la autorizaciòn de los familiares.
Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

viernes, febrero 12, 2010

Derecho Laboral:La Enfermedad Laboral,Accidente Laboral & La Responsabilidad objetiva del Patrono"

Estos conceptos de Enfermedad Laboral, Accidente Laboral & Responsabilidad objetiva del empleador son indisolubles porque si se declaran las primeras, la segunda debe cumplirse contra todo evento y es que la enfermedad laboral y así también el accidente ocurre o tiene su punto de ignición cuando el empresario violenta las normas de higiene y seguridad industrial. Esta lamentable situación ocurre porque no se hace un estudio serio sobre las condiciones y el ambiente laboral donde desarrollará sus funciones habituales el obrero, el trabajador, no es posible que un trabajador nuevo de buenas a primeras vaya a manipular por ejemplo una maquina inyectora de plástico, digamos la Top 35 donde la figura inyectada en plástico incandecente puede quedarse pegada en la compuerta y el obrero en un acto de ingenuidad mete la mano para despegar la figura de plástico que se quedó atascada y de golpe se acciona el troquel y le arranca la mano por atricción al trabajador,ésta situación penosa le sucedió a un representado nuestro hace ya más de 15 años y el empleador se negó a indemnizar al trabajador, lo que supuso un juicio largo que terminó con la condena al empleador,ésto no basta porque las EMPRESAS QUE NO RESPETAN LAS NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL SON MAQUINAS DE MOLER GENTE, es impresionante la gran cantidad de Mutilados,desfigurados y de enfermos propiamente dichos que estan generando nuestras empresas.Por ello hemos considerado volver a alertar a nuestra población laboral de éstas circunstancias, ya que lo que todos queremos ES LA SALUD DE LOS TRABAJADORES no que tengan que ir a los Tribunales a buscar una Indemnización,lo que queremos ES LA PAZ LABORAL generada por un ambiente SANO & SEGURO allí está el meollo del asunto, siendo así las cosas LOS LLAMADOS COMITES DE HIGIENE & SEGURIDAD INDUSTRIAL deben cumplir con su obligación de DENUNCIAR LAS CONDICIONES INSEGURAS al INSAPSEL para que en conjunto logren SANCIONES PREVENTIVAS DE ACCIDENTES & ENFERMEDADES LABORALES para que en el futuro tengamos una Población más sana ya que no podemos seguir con ese panorama gris de una población laboral enferma producto de la violación constante de las normas que garantizan un ambiente Seguro para la ejecución de sus labores.El principio de la Responsabilidad objetiva nos señala que cuando ocurre un Accidente o una Enfermedad laboral el empresario y/o el patrono debe indemnizar al trabajador de conformidad a las normas de la especialidad pero además debe indemnizarle por DAÑO MORAL porque su vida a partir del accidente o enfermedad laboral ya más nunca será la misma.
Cordiales, Saludos !!!


Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

martes, febrero 09, 2010

Derecho Médico: "Andrea De León , Abogados Consultores crea división de Estudios Jurídicos sobre la Iatrogenia"


La materia de la Mala Praxis Médica es tan amplia que hemos decidido para profundizar en el tema de la Iatrotregenia una División de Estudios Jurídicos sobre la antedicha enfermedad con el fin de desarrollar de manera sistematica el análisis de tan delicado flagelo, creemos que la cifra de más de 10.000.000 de victimas anuales a nivel Mundial justifica este esfuerzo academico toda vez que nuestro País también sufre y padece éste mal.El objetivo apunta su atención en el Origen, la incidencia en las diferentes etapas que comprende la Mala Praxis Médica, el Profesional reincidente, la victima & su defensa a Nivel Civil y Penal,estadisticas y clasificación por especialidad, también se hará un esfuerzo por determinar la relación de causalidad o el iter del delito con las diferentes actuaciones del profesional de la salud así como el enfermo Iatrogenico.


Cordiales, Saludos !!!


Dr: Gilberto Antonio Andrea González

ABOGADO-U.C.A.B.

sábado, enero 30, 2010

Derecho Constitucional Comparado: " Presidente Barack Obama tiene fuertes diferencias de criterios con el Poder Judicial "


Es sumamente interesante el roce que ha surgido en los Estados Unidos de Norteamerica entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial tanto que se ha visto a través de la camaras de Televisión como un famoso Juez desaprobaba con un movimiento de cabeza las aseveraciones del Presidente Barack Obama en un discurso Público.El asunto ha surgido como un PUNTO DE DISCORDIA pués LAS CORPORACIONES han defendido su Derecho de igualdad frente a las persona Naturales a través de un RECURSO LEGAL que ha sido resuelto positivamente a favor de las corporaciones por lo que éstas podrán financiar campañas politicas a los diferentes cargos de la Unión posición ésta con la que el Presidente de los Estados Unidos de Norteamerica está totalmente en desacuerdo porque el PODER DEL CAPITAL podrá hacer lobies y ejercer influencia en forma abierta en las campañas electorales aplastando a los particulares que al carecer de grandes capitales se verán en desventaja para tratar de imponer sus criterios, es tan grave a criterio del Presidente Obama que las corporaciones podrían invertir en campañas tales como Calentamiento Global donde obviamente lo harian a favor de las empresas y no del medio ambiente ¿entienden?, en fin interesante conflicto surgido entre los Poderes Ejecutivo y Judicial de la Potencia del Norte.


Cordiales, Saludos !!!

Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

jueves, enero 28, 2010

Derecho Médico: "La Mala Praxis Médica"

¿Que es la Mala Praxis Mèdica? ¿Cuando Sucede? y ¿Que consecuencias Jurìdicas puede generar, comencemos por responder la Primera Pregunta desde nuestra óptica Jurìdica podemos Definir la Mala Praxis Mèdica como aquel conjunto de Procedimientos Mèdicos-Quirurgicos aplicados por un Profesional de la Medicina (MEDICO) que por obsoletos, Erroneos y apartados de los Protocolos y canones establecidos por el conjunto de las mejores prácticas universalmente aceptadas generan como consecuencia un Daño en el Paciente que puede ser Levísimo, Leve, Grave, Gravísimo o desencadenar la Muerte del mismo, es decir, que tenemos que hablar entonces de la IGNORANCIA, esta puede ser vista como la ausencia de conocimientos en una materia especifica y/o determinada, puès bièn EL MEDICO quièn es el Sujeto Activo en el Supuesto Legal de la MALA PRAXIS MEDICA, ha de incurrir en la comisiòn de un Acto Mèdico que NO ES ACEPTADO, NI ACEPTABLE porque èste Profesional de la Medicina tiene como Obligaciòn Legal el estar preparado y actualizado acerca de los Mètodos y procedimientos Mèdicos aceptados Universalmente para el momento Historico que èl lo aplica, de aquì podemos sacar dos conclusiones la Primera para un Mèdico la Ignorancia es Ilegal simplemente UN MEDICO NO PUEDE SER IGNORANTE, LUEGO SI LO ES ,ESTA ATENTANDO CONTRA LA VIDA DE SUS PACIENTES, porque lo que hoy es aceptado en Medicina al dìa siguiente puede salir de la pràctica habitual de los Mèdicos porque se determinò que dicho procedimiento era lesivo para los pacientes, la segunda QUE EL MEDICO TIENE LA OBLIGACION DE ESTAR ACTUALIZADO EN EL AREA ESPECIFICA DE SU EJERCICIO MEDICO, ¿por que en el Area ?bueno por una razòn muy sencilla porque en èsta profesiòn no pueden existir MEDICOS SIN ESPECIALIDAD dado que el Organismo Humano es tan complicado y preciso QUE POR EJEMPLO UN CIRUJANO DE LA MANO IZQUIERDA, NO DEBERÌA SER EL MISMO PARA EL MISMO TIPO DE OPERACION EN LA MANO DERECHA, sì asi son las cosas se requiere conocimiento,practica y agudeza para cada situaciòn en particular, pensemos esto si un medico Proctologo hace una cirugia facial ¿està realmente preparado para garantizar los resultados de esa operaciòn? definitivamente que no, es allì donde està el problema cuando del cuerpo humano se trata la PERICIA ES UN REQUISITO MÀS,luego el mèdico que ofrece un Servicio para el cuàl no esta capacitado està aceptando de manera preterintencional la posibilidad de causar un grave daño a su paciente, pensemos ahora ¿Cuando sucede la Mala Praxis Mèdica? Bièn ocurre cuando un Profesional de la Medicina incurre en la pràctica de un ACTO Mèdico erroneo o de una imprecisiòn grave que cause un Daño Parcial ,permanente y/o momentaneo en el paciente y lo cuàl debiò haber previsto, por ejemplo UN MEDICO aconseja practicar RADIACIONES a un Paciente con Examenes no confirmados o que dejen una duda razonable, ese mèdico que NO CONFIRMO EL DIAGNOSTICO con las Radiaciones va a causar un daño mayor al paciente QUE EN UN SEGUNDO EXAMEN PODRÌA SALIR DESCARTADA SU ENFERMEDAD luego ya el paciente recibio la Radiaciòn ¿Quien paga por esto? obviamente el mèdico es responsable de Mala Praxis èsto ocurre lo hemos visto sabemos inclusive donde,entonces la Mala praxis mèdica se generà por Irresponsabilidad en el diagnostico,por violar los protocolo de seguridad para poder dar por hecho la condiciòn de una enfermedad que sufre un paciente determinado si EL MEDICO no toma todas estas previsiones està incurriendo en MALA PRAXIS MEDICA, consecuencias Jurìdicas son Obvias TODO EL QUE CAUSA UN DAÑO A OTRO ESTA EN LA OBLIGACION DE REPARARLO, sì pero que vas a repararle a un paciente que entro con un nivel de Salud y saliò realemnte enfermo sin posibilidades de Futuro porque simplemente un Error ,un descuido acabo con su vida bueno la consecuencia es que ese MEDICO ESTA OBLIGADO TAMBIEN A INDEMNIZAR EL DAÑO MORAL porque la Petitio Doloris se reclama como cnsecuencia de la IATROGENIA,Lesiones y tambièn por la Negligencia, es asì de sencillo sòlo basta LA NEGLIGENCIA PARA ESTAR FERNTE A LA MALA PRAXIS MEDICA, èste profesional ademàs de tener que estar adecuadamente preparado NO PUEDE SER NEGLIGENTE su negligencia produce consecuencias y esas consecuencias deben ser Reparadas e Indemnizadas por el Mèdico amèn de que puede resultar una Responsabilidad Penal por LESIONES GRAVES Y POR MUERTE DEL PACIENTE, en fin la relaciòn entre Ignorancia,Impericia y Negligencia en la practica del Acto Mèdico es directamente proporcional a la Mala Praxis Mèdica.Es mucha la gente que muere por esta causa y eso es preocupante por tanto lo primero que tenemos que decirles es que la materia de la MALA PRAXIS MEDICA es un tema delicado que conlleva el levantamiento de un expediente Probatorio por parte de los Abogados que te asistan en el caso a saber: 1- Acta levantada por los especialistas que te atendieron en el acto Quirurgico,el cuàl esta obligado a registrar el CENTRO MEDICO asistencial. 2-Acta de Fallecimiento con expresiòn de la causa de la muerte (generalmente se expresa el criterio mèdico). 3-Examenes mèdicos pre-operatorios. 4- Diagnostico Mèdico antes de la operaciòn. 5- Informe Mèdico de un profesional ajeno al acto quirurgico que exprese el procedimiento Quirurgico aconsejado y la tècnica respectiva.A los efectos de estudiar el caso los Abogados deberian saber algunos detalles como:1-Padecimiento diagnosticado al paciente.2-Grado de complicaciòn de la Enfermedad.3- ¿existia un procedimiento alternativo al acto quirurgico.?4- expectativas que el mèdico le fijo al paciente.5- se trato de un ERROR DE PROCEDIMIENTO o un Diagnostico erroneo.Creo que aùn en cualquier Jurisdicciòn de culaquier Paìs medianamente civilizado se pueden hacer algunas actuaciones legales que determinen reponsabilidades porque esto responde a un criterio objetivo de responsabilidad profesional si actuas con orden y disciplina puedes obtener una luz de Justicia estos casos se pueden accionar a nivel penal y a nivel Civil para lograr una indemnizaciòn por Daño Moral pero todo depende del ejercicio directo del derecho a Investigar ¿ Que paso en el caso ? ¿Por Què Murio el Paciente ? el interesado debe seguir acumulando informaciòn al respecto con la idea de preparar el camino para una actuaciòn legal ,puès de esto dependerà el que se llegue a hacer Justicia. El asunto grave en este campo siempre ha sido la falta de interès que el paciente o mejor dicho la vìctima pone en la resoluciòn de su caso,recuerdo a todos que desde el punto de vista legal los familiares del Fallecido por una mala praxis mèdica son considerados victimas y eso los faculta para actuar legalmente, es necesario actuar ser proactivos puès la soluciones no llegan sòlas desde el cielo, es verdad que hay que orar pero a Dios Rogando y con el rolo dando, por eso hace falta que la victima acuse, indique las pruebas en las que fundamenta su acciòn,inste a la Fiscalia a Acusar, tambièn hay que delimitar responsabilidades ¿Cuando es Responsable el mèdico? ¿Cuando es responsable la Clinica o centro asistencial? ¿Cuando la responsabilidad es compartida? esas son determinaciones que desde el punto de vista tecnico hay que hacer para evitar actuaciones dilatorias por parte de la Defensa de los Acusados en fin un estudio completo de la Relaciòn de Causalidad entre los hechos investigados y los Acusados, no se puede dejar de accionar civilmente para reclamar las indemnizaciones por daños y perjuicios, hay que reclamar el Daño Moral todo esto es importantisimo y no ocurre si la victima no impulsa el proceso sino mantiene su interès vivo de que se haga justicia,lamentablemente muchos no saben esperar, sabemos que el que espera desespera pero lo importante es no dejar que las acciones expiren puès el abandono procesal de la causa afecta el procedimiento. Concluimos entonces: Es necesario Accionar Judicialmente contra la Mala Praxis Mèdica puès esta causando tanto Daño como la peor de las enfermedades.

Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez
ABOGADO-U.C.A.B.

lunes, enero 25, 2010

Derecho Electoral: El voto es el catalizador de la pasión Electoral !!!


Venezuela las cartas estan sobre la mesa ahora te corresponde a tì decidir, de tì depende lo que se vislumbre en el futuro, por eso es tan necesario que todos participen, que expresen su opiniòn mediante el voto que es el catalizador de la pasiòn electoral y electorera del Paìs, el voto tiene que ser un voto de conciencia , esto quiere decir que cada quièn debe entrar al acto de la votaciòn con el País en la memoria ,pensar ¿Que hemos tenido? y ¿Que teniamos? y ¿Que queremos tener en el futuro?,nuestro vivir y convivir diario, sì queremos la Paz de un Paìs Civilizado o todo lo contrario, debes pensar en tús hijos, tu familia, tús amigos¿ Que es lo que quieres para ellos? tenemos que pensar que queremos para nuestra economìa personal,como queremos ver nuestras Ciudades,ver si queremos buenas alternativas de recreaciòn,libertad para elegir,Seguridad Personal, tú propio futuro, comodidades occidentales,una economìa abierta al mundo donde el lìmite sea la capacidad y la voluntad de cada quièn, Venezuela necesita que reflexiones que pienses en tì, en tú familia , en la Patria ,en el conciudadano, en nuestros hermanos extranjeros que por largos años han vivido aqui en sana paz con nosotros, Piensa Venezuela!!! en lo que vas a hacer ,todos necesitamos tù reflexiòn ¿Te gusta realmente lo que tienes ? o te gustarìa otro estilo de vida !!! ,preguntate ¿Por qué te gusta tanto el estilo de vida Liberal ?,aquello de que tú eres el arquitecto de tù propio destino,preguntate porque durante tantos años hemos sentido dolor por aquellos paises que no tienen libertad , donde sus conciudadanos son esclavos de un sistema que los explota que no reconoce sus capacidades, preguntate que sistema te dà mas libertades,preguntate donde podràs tener libertad de elecciòn, te gusta realmente que un Gobierno decida por tì, ¡anda Venezuela busca la libertad !vota por tì, por la felicidad de tus conciudadanos, piensa en tus hijos ya tù has vivido suficiente pero ¿No te gustaria un retiro digno? ¿Por que seas viejo no quiere decir que no tengas Derecho a una existencia digna? aùn te sigue gustando la buena vida, te has preguntado ¿por que tus hijos siempre miraron al Norte y a la vieja Europa ?, o preguntate porque todos piensan en conocer esos destinos ¡no serà porque son malos!, serà porque gozan de un alto standing de vida ¿Que hicieron? ¿Cuàl es la formula? ¡Piensa Venezuela !los sistemas que te aconsejan ¿Que le han dado a sus ciudadanos? ¿Còmo Viven? ¿Son Libres? lo que se vè es lo que tu quieres Para tì, ¡Piensa Venezuela no votes por pasiòn !, vota con la conciencia, busca la libertad puès acaso ¿no fuiste tù cuna de la libertad ? ¿Que querìa Bolìvar para tì? entonces ¡Piensa Venezuela! tus hijos no te perdonaràn una decisiòn tomada sòlo por pasiòn con el corazòn es bonito, pero es hora de usar la cabeza ,de comparar ,de sacar conclusiones no puedes Venezuela darte el lujo de fallar, hay tanta gente que depende de tì,los que no tenemos problemas de salud de repente no vemos la premura ,pero piensa y los que estàn en un Hospital sin medicamentos,ellos requieren urgencia y cabeza frìa en la decisòn pues es de vida o muerte,¡Piensa Venezuela! en los que duermen debajo de un puente ¿ya no ha pasado bastante tiempo que votamos pensando en ellos? y el resultado ¿como fuè? cuanto hemos esperado a que se haga algo por ellos, ya es tiempo de pasar la factura el que va a servir sirve el primer año, el primer mes se sienten vientos de cambio,no hace falta una eternidad para ayudar a los mas desposeidos ¡porque ellos no son eternos! , sus solucions tienen que ser ràpidas, la necesidad no sabe de tràmites burocraticos ¿burocracia? hay burocracia ¿Cuanta? demasiada verdad ¿entonces? ¡Piensa Venezuela! tù eres la dueña de tù futuro no votes con el corazòn ,que tù voto sea un voto conciente,un voto razonado basta de decisiones sentimentales, ¡Piensa Venezuela!!!.
Cordiales, Saludos !!!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

domingo, enero 17, 2010

Historia de Venezuela :"Acta de Independencia de Venezuela"


Acta Solemne de la Independencia

En el nombre de Dios Todopoderoso

"Nosotros, los representantes de las Provincias Unidas de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo, que forman la Confederación Americana de Venezuela en el continente meridional, reunidos en Congreso, y considerando la plena y absoluta posesión de nuestros derechos, que recobramos justa y legítimamente desde el 19 de abril de 1810, en consecuencia de la jornada de Bayona y la ocupación del trono español por la conquista y sucesión de otra nueva dinastía constituida sin nuestro consentimiento, queremos, antes de usar de los derechos de que nos tuvo privados la fuerza, por más de tres siglos, y nos ha restituido el orden político de los acontecimientos humanos, patentizar al universo las razones que han emanado de estos mismos acontecimientos y autorizan el libre uso que vamos a hacer de nuestra soberanía.

No queremos, sin embargo, empezar alegando los derechos que tiene todo país conquistado, para recuperar su estado de propiedad e independencia; olvidamos generosamente la larga serie de males, agravios y privaciones que el derecho funesto de conquista ha causado indistintamente a todos los descendientes de los descubridores, conquistadores y pobladores de estos países, hechos de peor condición, por la misma razón que debía favorecerlos; y corriendo un velo sobre los trescientos años de dominación española en América, sólo presentaremos los hechos auténticos y notorios que han debido desprender y han desprendido de derecho a un mundo de otro, en el trastorno, desorden y conquista que tiene ya disuelta la nación española.

Este desorden ha aumentado los males de la América, inutilizándole los recursos y reclamaciones, y autorizando la impunidad de los gobernantes de España para insultar y oprimir esta parte de la nación, dejándola sin el amparo y garantía de las leyes.

Es contrario al orden, imposible al gobierno de España, y funesto a la América, el que, teniendo ésta un territorio infinitamente más extenso, y una población incomparablemente más numerosa, dependa y esté sujeta a un ángulo peninsular del continente europeo.

Las sesiones y abdicaciones de Bayona, las jornadas del Escorial y de Aranjuez, y las órdenes del lugarteniente duque de Berg, a la América, debieron poner en uso los derechos que hasta entonces habían sacrificado los americanos a la unidad e integridad de la nación española.

Venezuela, antes que nadie, reconoció y conservó generosamente esta integridad por no abandonar la causa de sus hermanos, mientras tuvo la menor apariencia de salvación.

América volvió a existir de nuevo, desde que pudo y debió tomar a su cargo su suerte y conservación; como España pudo reconocer, o no, los derechos de un rey que había apreciado más su existencia que la dignidad de la nación que gobernaba.

Cuantos Borbones concurrieron a las inválidas estipulaciones de Bayona, abandonando el territorio español, contra la voluntad de los pueblos, faltaron, despreciaron y hollaron el deber sagrado que contrajeron con los españoles de ambos mundos, cuando, con su sangre y sus tesoros, los colocaron en el bono a despecho de la Casa de Austria; por esta conducta quedaron inhábiles e incapaces de gobernar a un pueblo libre, a quien entregaron como un rebaño de esclavos.

Los intrusos gobiernos que se abrogaron la representación nacional aprovecharon pérfidamente las disposiciones que la buena fe, la distancia, la opresión y la ignorancia daban a los americanos contra la nueva dinastía que se introdujo en España por la fuerza; y contra sus mismos principios, sostuvieron entre nosotros la ilusión a favor de Fernando, para devorarnos y vejarnos impunemente cuando más nos prometían la libertad, la igualdad y la fraternidad, en discursos pomposos y frases estudiadas, para encubrir el lazo de una representación amañada, inútil y degradante.

Luego que se disolvieron, sustituyeron y destruyeron entre sí las varias formas de gobierno de España, y que la ley imperiosa de la necesidad dictó a Venezuela el conservarse a sí misma para ventilar y conservar los derechos de su rey y ofrecer un asilo a sus hermanos de Europa contra los males que les amenazaban, se desconoció toda su anterior conducta, se variaron los principios, y se llamó insurrección, perfidia e ingratitud, a lo mismo que sirvió de norma a los gobiernos de España, porque ya se les cerraba la puerta al monopolio de administración que querían perpetuar a nombre de un rey imaginario.

A pesar de nuestras protestas, de nuestra moderación, de nuestra generosidad, y de la inviolabilidad de nuestros principios, contra la voluntad de nuestros hermanos de Europa, se nos declara en estado de rebelión, se nos bloquea, se nos hostiliza, se nos envían agentes a amotinarnos unos contra otros, y se procura desacreditarnos entre las naciones de Europa implorando sus auxilios para oprimirnos.

Sin hacer el menor aprecio de nuestras razones, sin presentarlas al imparcial juicio del mundo, y sin otros jueces que nuestros enemigos, se nos condena a una dolorosa incomunicación con nuestros hermanos; y para añadir el desprecio a la calumnia se nos nombran apoderados, contra nuestra expresa voluntad, para que en sus Cortes dispongan arbitrariamente de nuestros intereses bajo el influjo y la fuerza de nuestros enemigos.

Para sofocar y anonadar los efectos de nuestra representación, cuando se vieron obligados a concedérnosla, nos sometieron a una tarifa mezquina y diminuta y sujetaron a la voz pasiva de los ayuntamientos, degradados por el despotismo de los gobernadores, la forma de la elección; lo que era un insulto a nuestra sencillez y buena fe, más bien que una consideración a nuestra incontestable importancia política.

Sordos siempre a los gritos de nuestra justicia, han procurado los gobiernos de España desacreditar todos nuestros esfuerzos declarando criminales y sellando con la infamia, el cadalso y la confiscación, todas las tentativas que, en diversas épocas, han hecho algunos americanos para la felicidad de su país, como lo fue la que últimamente nos dictó la propia seguridad, para no ser envueltos en el desorden que presentíamos, y conducidos a la horrorosa suerte que vamos ya a apartar de nosotros para siempre; con esta atroz política, han logrado hacer a nuestros hermanos insensibles a nuestras desgracias, armarlos contra nosotros, borrar de ellos las dulces impresiones de la amistad y de la consanguinidad, y convertir en enemigos una parte de nuestra gran familia.

Cuando nosotros, fieles a nuestras promesas, sacrificábamos nuestra seguridad y dignidad civil por no abandonar los derechos que generosamente conservamos a Fernando de Borbón, hemos visto que a las relaciones de la fuerza que le ligaban con el Emperador de los franceses ha añadido los vínculos de sangre y amistad, por lo que hasta los gobiernos de España han declarado ya su resolución de no reconocerle sino condicionalmente.

En esta dolorosa alternativa hemos permanecido tres años en una indecisión y ambigüedad política, tan funesta y peligrosa, que ella sola bastaría a autorizar la resolución que la fe de nuestras promesas y los vínculos de la fraternidad nos habían hecho diferir; hasta que la necesidad nos ha obligado a ir más allá de lo que nos propusimos, impelidos por la conducta hostil y desnaturalizada de los gobiernos de España, que nos ha relevado del juramento condicional con que hemos sido llamados a la augusta representación que ejercemos.

Mas nosotros, que nos gloriamos de fundar nuestro proceder en mejores principios, y que no queremos establecer nuestra felicidad sobre la desgracia de nuestros semejantes, miramos y declaramos como amigos nuestros, compañeros de nuestra suerte, y participes de nuestra felicidad, a los que, unidos con nosotros por los vínculos de la sangre, la lengua y la religión, han sufrido los mismos males en el anterior orden; siempre que, reconociendo nuestra absoluta independencia de él y de toda otra dominación extraña, nos ayuden a sostenerla con su vida, su fortuna y su opinión, declarándolos y reconociéndolos (como a todas las demás naciones) en guerra enemigos, y en paz amigos, hermanos y compatriotas.

En atención a todas estas sólidas, públicas e incontestables razones de política, que tanto persuaden la necesidad de recobrar la dignidad natural, que el orden de los sucesos nos ha restituido, en uso de los imprescriptibles derechos que tienen los pueblos para destruir todo pacto, convenio o asociación que no llena los fines para que fueron instituidos los gobiernos, creemos que no podemos ni debemos conservar los lazos que nos ligaban al gobierno de España, y que, como todos los pueblos del mundo, estamos libres y autorizados para no depender de otra autoridad que la nuestra, y tomar entre las potencies de la tierra, el puesto igual que el Ser Supremo y la naturaleza nos asignan y a que nos llama la sucesión de los acontecimientos humanos y nuestro propio bien y utilidad.

Sin embargo de que conocemos las dificultades que trae consigo y las obligaciones que nos impone el rango que vamos a ocupar en el orden político del mundo, y la influencia poderosa de las formas y habitudes a que hemos estado, a nuestro pesar, acostumbrados, también conocemos que la vergonzosa sumisión a ellas, cuando podemos sacudirlas, sería más ignominiosa para nosotros, y más funesta para nuestra posteridad, que nuestra larga y penosa servidumbre, y que es ya de nuestro indispensable deber proveer a nuestra conservación, seguridad y felicidad, variando esencialmente todas las formas de nuestra anterior constitución.

Por tanto, creyendo con todas estas razones satisfecho el respeto que debemos a las opiniones del género humano y a la dignidad de las demás naciones, en cuyo número vamos a entrar, y con cuya comunicación y amistad contamos, nosotros, los representantes de las Provincias Unidas de Venezuela, poniendo por testigo al Ser Supremo de la justicia de nuestro proceder y de la rectitud de nuestras intenciones, implorando sus divinos y celestiales auxilios, y ratificándole, en el momento en que nacemos a la dignidad, que su providencia nos restituye el deseo de vivir y morir libres, creyendo y defendiendo la santa, católica y apostólica religión de Jesucristo. Nosotros, pues, a nombre y con la voluntad y autoridad que tenemos del virtuoso pueblo de Venezuela, declaramos solemnemente al mundo que sus Provincias Unidas son, y deben ser desde hoy, de hecho y de derecho, Estados libres, soberanos e independientes y que están absueltos de toda sumisión y dependencia de la Corona de España o de los que se dicen o dijeren sus apoderados o representantes, y que como tal Estado libre e independiente tiene un pleno poder para darse la forma de gobierno que sea conforme a la voluntad general de sus pueblos, declarar la guerra, hacer la paz, formar alianzas, arreglar tratados de comercio, límite y navegación, hacer y ejecutar todos los demás actos que hacen y ejecutan las naciones libres e independientes.

Y para hacer válida, firme y subsistente esta nuestra solemne declaración, demos y empeñamos mutuamente unas provincias a otras, nuestras vidas, nuestras fortunas y el sagrado de nuestro honor nacional.

Dada en el Palacio Federal y de Caracas, firmada de nuestra mano, sellada con el gran sello provisional de la Confederación, refrendada por el Secretario del Congreso, a cinco días del mes de julio del año de mil ochocientos once, el primero de nuestra independencia.

Juan Antonio Rodríguez Domínguez, Prisidente del Congreso, Luis Ignacio Mendoza Vicepresidente del Congreso ambos por Caracas.

Cristóbal de Mendoza, Presidente de la Confederación en turno. Juan de Escalona. Baltazar Padrón. José Tomás Santana, Secretario."


Firmas

  • Provincia de Caracas: Isidro Antonio López Méndez, Juan Germán Roscio, Felipe Fermín Paúl, Francisco Xavier Ustariz, Nicolás de Castro, Fernado de Peñalver, Gabriel Pérez de Pagola, Salvador Delgado, El Marques del Toro, Juan Antonio Días Argote, Gabrilel de Ponte, Juan José Maya, Luis José de Carzola, José Vicente Unda, Francisco Xavier Yanes, Fernando Toro, Martín Tovar Ponte, José Angel de Alamo Francisco Hernández, Lino de Clemente, Juan Toro.
  • Provincia de Cumaná: Francisco Xavier de Mayz, José Gabril de Alcalá, Juan Bermúdez, Mariano de la Cava.
  • Provincia de Barinas: Juan Nepomuceno de Quintana, Ignacio Fernández, Ignacio Ramón Briceño, José de la Santa y Bussy, José Luis Cabrera, Ramón Ignacio Méndez, Manuel Palacio.
  • Provincia de Barcelona: Francisco de Miranda, Francisco Policarpo Ortiz, José María Ramírez.
  • Provincia de Margarita: Manuel Plácido Maneiro
  • Provincia de Mérida: Antonio Nicolas Briceño, Manuel Vicente de Maya.
  • Provincia de Trujillo: Juan Pablo Pacheco.

sábado, enero 16, 2010

Derecho Mèdico: ¿Còmo se garantiza que un Medicamento sea legìtimo? ¿El Paciente que adquiere un Medicamento Falso puede demandar al Expendio?


En èsta oportunidad vamos a hablar de un asunto muy importante para la Salud Pùblica en Venezuela y es el establecer un mecanismo seguro desde que un medicamento es producido ,comercializado en la Farmacia y por ùltimo es adquirido y consumido por el paciente, es obvio que las sustancias medicamentosas al ser producidas deben contar con la garantia de Ley de sus principios activos, es decir, la Pildora ,el ungüento, la inyecciòn o la sustancia debe ser lo que indica la etiqueta para èsto deben estar sometidas a estricto control de calidad y vigilancia farmaceutica el uso de las sustancias en las proporciones indicadas en la patente autorizada, ahora bièn a partir de allì una vez producida la sustancia medicamentosa està se envia para su comercializaciòn a la Red de Farmacias Autorizadas, èstas a su vez deben conforme a la ley de la especialidad ADQUIRIR DE FUENTE SEGURA LOS MEDICAMENTOS PARA SU COMERCIALIZACIÒN, ahora bièn LOS MEDICOS deben cumplir con las regulaciones legales que indican ¿como debe recetarse un Medicamento en especifico?,lo primero es cumplir con la CONDITIO SINE QUA NOM para que pueda tenerse como RECIPE una Orden Mèdica para la adquisicòn de Medicamentos,es obvio que debe recetar sustancias aprobadas por el Ministerio de Salud pero ademàs debe indicarle al paciente COMO MEDIDA DE SEGURIDAD que sòlo puede adquirirlo en un EXPENDIO DE MEDICINAS LEGALEMENTE ESTABLECIDO ,el problema surge cuando cohabitan en un mismo Paìs MEDICAMENTOS LEGALES con FALSIFICACIÒN DE MEDICAMENTOS, mientras los primeros estàn sometidos a un riguroso control de calidad y de garantìa de corredor seguro entre su producción y el momento en que llega a las manos del paciente,LOS MEDICAMENTOS FALSIFICADOS no tienen ningùn tipo de control van por la libre NO SE GARANTIZA PRINCIPIOS ACTIVOS igual podrìa tener la sustancia indicada que polvo de Cemento traigamos a colación LO QUE OCURRE con viagra a nivel Internacional en China se èstan produciendo Pildoras cuya forma externa es absolutamente identica a la que se produce legalmente y ademàs para colmo de males: 1) Se trata de un Medicamento que mundialmente se encuentra muy difundido por lo que la posibilidad real de que se causa Daños & Perjuicios es màs que probable (Periculum In Damni),por tanto el Juez de la causa podrà tener la màs amplias facultades para dictar las medidas precautelativas que eviten que dichas pastillas lleguen a ser consumidas. y 2)Lo màs grave es un producto MADE IN CHINA donde la replica exacta de un producto legal NO ES PERSEGUIDO CON EL RIGOR DE LEY, debemos alarmarnos porque la capacidad de Reproducciòn de estos productos espureos es por Miles de Millones de pildoras que podrìan inundar el MERCADO MUNDIAL lo cuàl harìa riesgoso el consumo de la pildora original, me explico el asunto es tan grave que se producen màs pastillas azules en China que en los Estados Unidos,es decir, las legales son sobrepasadas en producciòn por las ilegales en miles de millones de pastillas lo que hace posible que muchas de ellas a travès de las cadenas de comercializaciòn ilegales lleguen a ser vendidas como legales luego este pandemonium tiene la posibilidad cierta de causar un Daño directo a la poblaciòn mundial porque la rèplica exacta de dudosa composiciòn llega a todas partes con MARCA Y TODO, roguemos a Dios !!!!que el nivel de toxicidad no sea tan grave pero lo cierto es que el asunto es de tal magnitud que està en juego la vida de mucha gente en el planeta, ahora bièn si una persona en un expendio legal de medicinas llegare a adquirir un Medicamento Falso y èste Medicamnto causa un DAÑO irreparable el afectado tendrà acciones legales por indemnización de Daños y perjuicios, Daño Moral ya que lo que se ha puesto en riesgo es su propia vida y esto en consecuencia debe ser amparado por los Tribunales de la Repùblica con Sentencias ejemplarizantes que ayuden a los afectados a obtener justicia en sus casos particulares..."

Cordiales, Saludos !!!

Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.