lunes, abril 13, 2009

Derecho de Familia : ¿Què ocurre cuando el Presunto Padre se niega a practicarse las Pruebas Cientificas o de ADN?


Probar la Paternidad puede ser un Problema en caso de que el Demandado (Presunto Padre) no colabore con el Tribunal para la pràctica de la Prueba Fundamental ,esta se trata de un EXAMEN TÈCNICO CIENTIFICO (ADN) para comprobar directamente de su Informaciòn Genètica si efectivamente se trata del padre BIOLOGICO del Hijo cuya Madre reclamante solicita se establezca LA PATERNIDAD, muchos demandados ante la contundencia del Reclamo y sabiendose acorralados SE NIEGAN A ENTREGAR LAS MUESTRAS o simplemente NO SE PRESENTAN para la pràctica de la misma, puès bièn ante esa ESTRATEGIA OBSTRUCCIONISTA DE LA JUSTICIA nuestro Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J)ha dicho lo siguiente:"...Presunciones iuris tantum. El carácter jurídico de la presunción a la que se refiere el artículo 210 del Código Civil El Tribunal con vista de la actitud renuente del demandado a colaborar en la prueba, dejó sin efecto la diligencia y consideró que había una presunción legal iuris tantum de prueba de la paternidad y al no haber en autos prueba en contrario de la referida presunción legal, estimó que estaba plenamente comprobada la paternidad demandada y declaró con lugar la demanda y no confundió la presunción legal relativa a la que se refiere la norma con la presunción de hombre establecida en el artículo 1.399 del Código Civil, como señala el formalizante, por lo que sin duda el juez no incurrió en error de interpretación del artículo 210 del Código Civil y como consecuencia de ello, no puede prosperar la apelación interpuesta..." "... el artículo 210 del Código Civil Venezolano, que textualmente reza: “A falta de reconocimiento voluntario, la filiación del hijo concebido y nacido fuera del matrimonio puede ser establecida judicialmente con todo genero de pruebas, incluidos los exámenes o las experticias hematológicas y heredo-biológicas que hayan sido consentidos por el demandado. La negativa de esta a someterse a dichas pruebas, se considera como una presunción en su contra…” Al respecto ha establecido la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 16 de Mayo del 2002 “… la negativa del demandado a someterse a la experticia hematológica o heredo biológica autoriza al juez a extraer de tal conducta una presunción en su contra, presunción que es establecida por la propia Ley y que es desvirtuable por el resto del material probatorio. .." Asì que sì usted se niega a colaborar con la Justicia para determinar LA PATERNIDAD le serà aplicada una Presunciòn Legal que establecerà el vìnculo ante la renuencia A COLABORAR CON LA JUSTICIA, por lo que aconsejamos Sì usted NO ES EL PADRE , no evite LA PRUEBA colabore con la JUSTICIA , caso contrario QUEDARÀ PLENAMENTE COMPROBADA LA PATERNIDAD DEMANDADA y sì efectivamente lo es entonces asuma su responsabilidad .

Cordiales, Saludos !!!

Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dra: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

3 comentarios:

Cecilia Hadad dijo...

HOla:
el tema de los glifosatos es tremendo, tenéis toda la razón!. He empezado el camino de reunir información concreta, mañana mismo (porque aún hoy lunes aqui es fiesta) voy a entrar una instancia en el ayuntamiento para solicitar se me informe sobre los compuestos químicos específicos con el cual fumigan dos o tres veces al año las calles del pueblo donde vivo.
Cuando tenga el contenido y tipo de venenos se los indico.
Una cosa...hasta tal punto con la información que estoy reuniendo sobre este tema me ha movilizado que he creado un nuevo blog:
www.acciondirectaciudadana.blogspot.com
donde publicaré paso a paso las intervenciones que realizo con las Administraciones públicas (estado español, Unión Europea, ONU, Islas Baleares, etcetc).
Estoy pensando en organizar una asociación o una organización no gubernamental para dar a conocer cómo actuar DENTRO DE LA LEY en acción directa.
Me parece una buena idea, ya que vivimos momentos donde el ciudadano de a pie siente impotencia y ganas de actuar pero también sería importante direccionar la respuesta ciudadana en los límites legales porque se puede y se debe respetar el entorno jurídico.
Qué les parece?
Un saludo.
Cecilia.

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Excelente!!! podeis contar con nuestro apoyo.

Cordiales, Saludos !!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez

ABOGADO-U.C.A.B.

Cecilia Hadad dijo...

gracias por vuestro apoyo! la verdad es que dia a dia el proyecto participativo está tomando un camino repleto de posibilidades y creo haber encontrado una manera de canalizar mis inquietudes y la de algunas otras personas con respecto al díficil tema de conseguir "equilibrios de poderes" y que la DEMOCRACIA PARTICIPATIVA sea real y no una mera expresión de deseos.