sábado, julio 06, 2013

Derecho Procesal Civil : "Argumentación esgrimida en Juicio de Desalojo de Local Comercial en Contra de Denuncia de Fraude Procesal"


 
Puente sobre El Lago de Maracaibo- Estado Zulia República Bolivariana de Venezuela
 
"...Ahora bien a los fines de ilustrar el sano criterio del Juez y vista la gravedad de las denuncias y alegatos formuladas por la parte demandada respecto de un supuesto fraude procesal de seguidas pasamos a rebatir tan absurda idea en base a las siguientes consideraciones: El presente juicio se instauro tomando en cuenta todos los puntos  que habían sido debatidos en un juicio que por vencimiento de prorroga legal no prospero en virtud de que el contrato que se consigno como documento fundamental fue declarado en dicho juicio nulo y carente de validez, en virtud de esa determinación así como del hecho de que al quedar declarado nulo tal contrato la relación era por tiempo indeterminado, así mismo la parte demandada siempre ha mantenido a su entender que la relación contractual lo es a tiempo indeterminado, expresando siempre aun en las consignaciones que el contrato vigente y valido es el que se demanda en el presente procedimiento  ,ahora bien la parte demandante viendo los múltiples  incumplimientos al contrato decide demandar ,no puede tomar por sorpresa a la parte demandada una demanda basada en los supuestos  que ha defendido en múltiples oportunidades, pareciera mas bien que siempre buscan un argumento diferente para no debatir jamás sobre la terminación del contrato, según la parte demandada bajo ninguna circunstancia el Arrendador tiene derecho a rescatar su propiedad pues siempre aunque se le cite correctamente y tenga todas las oportunidades de ley ,el mismo entra denunciando un fraude procesal, que es a todas luces descabellado,pues no hay ni acciones falsas, ni argumentos falsos ,ni tercerías, ni demandas a espaldas de la parte, parte esta que tiene todas las oportunidades de alegar lo que considere pertinente ya que su derecho a la defensa esta incólume, respecto del alegato de la parte demandada sobre el juicio que ya se encuentra definitivamente firme en el cual se sentencio sin lugar la acción por cumplimiento de contrato por  vencimiento de prorroga legal incoada por _____________________ hace mas de nueve años podemos decir que la misma favoreció a la parte hoy demandada, dejando claros en ella puntos que la parte hoy demandante necesitaba tener claros y por tal razón y no otra acudió al Tribunal Supremo de Justicia Sala de Casación Civil  con un recurso de Casación ,ahora bien no hay daño alguno ni utilización de medios o acciones fraudulentas en el caso que nos ocupa es una DEMANDA POR DESALOJO DE ACUERDO A LAS CAUSALES DEL ARTICULO 34 DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS INMOBILIARIOS POR UN CONTRATO POR TIEMPO INDETERMINADO QUE COMENZO EN FECHA 1ERO DE JUNIO DER 1.999 situaciones estas en que las partes están CONTESTES Y PLENAMENTE DE ACUERDO entonces ,¿donde esta esta el fraude?, el engaño, el entorpecimiento de la administración de justicia ,en su contestación la parte demandada reconoce todos estos supuestos y las causales por las cuales fue demandada debe rebatirlas con argumentos de fondo, veamos si el Juicio anterior que en nada afecta el presente ya tiene sentencia definitivamente firme, y el presente apenas comienza contando la parte demandada con su derecho a la defensa e incólume el debido proceso,la denuncia de fraude procesal ofende y causa perjuicio a la parte demandante y a sus representantes legales, nos preguntamos no es más bien fraudulento intentar en un juicio nuevo aplicar consecuencias que solo podrían derivarse de la sentencia del otro juicio ,como por ejemplo las costas ,según el planteamiento de la parte demandada arrendataria el Arrendador no podría nunca intentar demanda alguna pues el siempre alegara ,falta de probidad, fraude procesal etc.etc.debe quedar claro que la demanda anterior que culmino con sentencia definitivamente firme en nada tiene que ver con la actual demanda es decir en esta demanda no se tocan ni argumentan los mismos elementos de la demanda por cumplimiento de contrato que en su momento introdujo el Arrendador y mucho menos se trata de hacer valer documentos o situaciones de hecho y de derecho que fueron declarados NULOS, SIN VALIDEZ, al contrario se lleva a cabo la demanda correspondiente a el tipo de contrato por tiempo indeterminado tal como lo establece la ley y la sentencia mencionada y por causales sobrevenidas en el curso de la relación arrendaticia..."
 
Cordiales, Saludos !!!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.
 
Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

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