Es conveniente exponer el contenido de la Màxima Jurisprudencial contenida en la Sentencia Nº 115 de Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en relaciòn al Amparo sobrevenido la cuàl nos dice expresamente lo siguiente:"...El amparo sobrevenido surge en el curso de un juicio pendiente y pierde su finalidad una vez que este ha culminado.el amparo sobrevenido surge en el curso de un juicio pendiente, cuando con posterioridad al inicio del mismo surgen actos, que violan, o amenazan violar derechos y garantías fundamentales de las partes, y que por lo tanto la aludida acción debe cumplir con los requisitos de admisibilidad establecidos en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así pues, la acción de amparo sobrevenido es una vía muy especial creada por el legislador para permitir que se ventile en el mismo juicio una denuncia de lesión constitucional acaecida durante su curso, y que busca evitar la materialización o continuidad de los efectos lesivos de un acto, surgido en el transcurso del proceso principal, por lo que la misma necesariamente debe interponerse dentro de dicho proceso y pierde su finalidad una vez que este ha culminado..." Espero puès les sea de utilidad a los fines legales consiguientes.
Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
2 comentarios:
Gracias por su excelente blog, me ha resultado de mucha utilidad en mis estudios de Derecho
GRACIAS POR SU VALIOSA COLABORACION EN EL CONTINUO APRENDIZAJE DE ESTA HERMOSA Y EXTENSA CARRERA DE DERECHO
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