domingo, noviembre 01, 2009

Derecho Médico: " Mala Práxis Médica :Caso Práctico Elizabeth Patiño Vs Galeno"


Ante todo aclaramos que por razones estrictamente legales a través de éste medio se expone a la opinión pública el problema sufrido por el Paciente afectado en éste caso Ciudadana Elizabeth Patiño la cuál observaran en video en próximas entregas declarando sobre los hechos que comenzamos a tratar aquí , manteniendo reserva expresa de la identidad del Médico para no generar otro tipo de controversia distinto al propósito y fin del presente análisis como lo es alertar a la Ciudadania acerca de la terrible situación del Enfermo Iatrogenico.Comencemos por allí la Ciudadana Elizabeth Patiño a nuestro criterio profesional sufre la figura Jurídico Cientifica de la Iatrogenia, es decir, se trata de un Padecimiento generado por un Acto Médico quirurgico Erroneo que desencadenó su sufrimiento actual, situación ésta que la convierte desde el punto de vista Jurídico en un ENFERMO IATROGENICO ¿Por qué? simple y llanamente porque sí y sólo sí su médico tratante no hubiese errado en la solución quirúrgica ella no estaría sufriendo de las consecuencias que desarrollaremos y expondremos más adelante, es decir, para que se produzca la figura Jurídica de La Iatrogenia y más concretamente el enfermo iatrogenico es necesaria la concreción de una Conditio Sine Qua Non como lo es el Acto Médico Quirúrgico Erróneo, Obsoleto o Innecesario para su padecimiento particular, en el caso que nos ocupa el Padecimiento particular ad Initio se determinó en fase exploratoria como : 1) Nódulo en mama izquierda.2) Nódulo en lobulo tiroideo Izquierdo a partir de allí el protocolo de actuación indicaba hacer dos estudios exploratorios adicionales como lo son: 1) Biopsia ecoasistida de nódulo en mama izquierda y 2) Ultrasonido Tiroideo y posteriormente PAF ecoasistida de nódulo en lóbulo Tiroideo izquierdo , en efecto le es realizada Microbiopsia guiada por imagenes de lesión mamaria y se le hizo punción con aguja fina de nódulo en lobulo tiroideo izquierdo mencionandose en forma expresa en la constancia del examen lo siguiente : "A LA ESPERA DE RESULTADO,PARA DECIDIR CONDUCTA DEFINITIVA"pasado el período de tiempo necesario para que los resultados pudieren expedirse el médico Patólogo le indica como diagnotico lo siguiente: "PUNCIÓN ASPIRACIÓN CON AGUJA FINA DE NÓDULO EN LÓBULO TIROIDEO IZQUIERDO.HALLAZGOS CITOMORFOLOGICOS SIN EVIDENCIAS DE MALIGNIDAD PERO INSUFICIENTES PARA CONCLUSIÓN DIAGNOSTICA" aquí debemos hacer un análisis preliminar, en ésta fase de la investigación Jurídico Cientifica que hacemos del caso podemos observar lo siguiente : 1- El único hecho cierto que hasta éste momento se ha podido determinar de manera concluyente es que EL PACIENTE tiene: a- Nódulo en mama izquierda y b-Nódulo en lóbulo tiroideo izquierdo, en cambio los examenes exploratorios de: a- Microbiopsia guiada por imagenes de lesión mamaria y b-Punción aguja fina de nódulo en lóbulo Tiroideo Izquierdo, el primero arrojó RESULTADOS NO CONCLUYENTES pero alertó de la falta de evidencia de Malignidad en la prueba tomada, ahora bién el médico patólogo fija su posición en torno al nódulo de la mama izquierda y concluye lo siguiente: "HALLAZGOS HISTOLOGICOS COMPATIBLES CON FIBROADENOMA", ésta conclusión se complementa con Informe de Microbiopsia donde la profesional de dicha especialidad concluye lo siguiente: "Diagnostico:Fibroadenoma mamario.Se recomienda conducta acorde a criterio clínico" debemos poner mucha atención en relación a la última recomendación, es decir, "CONDUCTA ACORDE A CRITERIO CLÍNICO" es en éste momento donde se ésta señalando el camino a seguir, es decir, LOS PROTOCOLOS DE SEGURIDAD MEDICA desaconsejan apartarse de ésta conclusión ir más allá podría poner en riesgo la vida del paciente o deteriorar la calidad de vida del mismo de forma dramática como es lo que efectivamente ocurrió en el caso que nos ocupa, posteriormente a través de informe médico se le indica a la paciente que es portadora de: 1- Nódulo en 1/3 medio de lóbulo Tiroideo izquierdo sintomatico y 2- Nódulo en mama izquierda concluyendo que SU TRATAMIENTO DEBE SER QUIRÚRGICO, en pocas palabras que debe pasar a QUIROFANO para la práctica de: 1- Itsmo-lobectomia Tiroidea y 2- Mastectomía parcial izquierda, se lleva a cabo la operación para ejecutar los ACTOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS PROGRAMADOS y aconsejados según la BATERIA DE EXAMNES practicados y en el QUIROFANO el Médico decide INAUDITA PARTE de manera soberana, de manera inconsulta y sin posibilidad de una segunda opinión a REMOVER EL ÓRGANO COMPLETO, basado en un criterio personal de que lo que se le presentaba era un CARCINOMA PAPILAR (maligno) y NO un ADENOMA ONCOCITICO (benigno), es decir, le aplicó una TIROIDECTOMIA TOTAL y es allí donde comienza el Karma y sufrimiento de nuestra representada porque las consecuencias de una REMOCIÓN TOTAL DE LA TIROIDES son graves y ameritan la afectación de modo radical y absoluto de su estilo de vida, ahora bién una vez se practican las Biopsias de ley en el órgano removido surge una conclusión demoledora que afecta aún más la conciencia de nuestra representada la cuál transcribimos en forma expresa a los efectos de Ley: "Informe Médico:Hago constar que la Sra: Elizabeth Patiño,portadora de tumor en la glandula Tiroides ,la cuál fué sometida a TIROIDECTOMIA TOTAL por el hallazgo intraoperatorio de un CARCINOMA PAPILAR , actualmente en excelentes condiciones. Recibo resultado de BIOPSIA DEFINITIVA , la cuál contrasta con el REPORTE INTRAOPERATORIO de CARCINOMA PAPILAR, y reporta la existencia de una ADENOMA ONCOCITICO con hiperplasia papilar focal ,lo cuál es una NEOPLASIA BENIGNA, con alto indice de similitud a la neoplasia maligna Carcinoma papilar. Debido a ello, sólo se indica TRATAMIENTO CON HORMONA TIROIDE DE POR VIDA, así como control con endocrinología." Este informe revelador nos hace plantear las siguientes interrogantes: 1-¿por qué sí todos los examenes anteriores a la operación señalaban que se trataba de un adenoma y no de un carcinoma decidió inaudita parte remover la totalidad del organo? 2-¿ Por qué si la Operación proyectada era ITSMO-LOBECTOMIA TIROIDEA IZQUIERA en cambio practicó TIROIDECTOMIA TOTAL? 3-¿ Por qué El Médico actua y toma una decisión en contra de la bateria de examenes previos procediendo como lo hacian lo médicos en la antiguedad al ojo por ciento? La Mala Praxis está representada aquí por proceder sin realizar la verificación precisa del diagnostico, recordemos que en Medicina LA APARIENCIA NO BASTA se tiene que ir al laboratorio estudiar el material (Biopsias) sólo a partir de allí el médico puede decir "estoy seguro del camino elegido", había que proceder según lo pautado, lo aconsejado y lo proyectado era la itsmo lobectomia parcial izquierda no la remoción total del organo que no había sido consultada con el paciente, LA DECISIÓN ERA PERSONAL sólo el paciente podía tomar la decisión de acudir a una remoción total no del médico que según sus hallazgos en los laboratorios nunca dió con un CARCINOMA sino que siempre se topo con un Adenoma la diferencia entre uno y otro salta la vista el primero es MALIGNO el segundo es BENIGNO las posibilidades eran otras no las que arrastra en la actualidad nuestra representada,entonces concluyamos LA MALA PRAXIS MEDICA aqui en éste caso está representada por: 1- El Médico se aparto radicalmente de lo que estaba proyectado ejecutar en Quirofano. 2- El Médico se apartó del criterio expresado por los patólogos en sus diferentes informes y analisis acerca de las biopsias presentadas. y 3- El Médico actuó de manera inconsulta el paciente necesaitaba una explicación de causa y efecto habia la posibilidad de consultar esto puesto que lo único autorizado y proyectado era una remoción parcial izquierda del lóbulo tiroideo.

Cordiales, Saludos !!!

Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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