
Cordiales, Saludos !!!
Dra:Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
"Escritorio Juridico dedicado al ejercicio de la Abogacia en forma integral:Derecho Civil,Mercantil,Menores,Marcario, Patentes,Logotipos,Registros Mercantiles,Transito,Médico entre otros,Dirección: Centro Ciudad Comercial LA CASCADA. Oficina nùmero 2 Piso 2 del Centro Profesional KM. 21 de la Carretera Panamericana Carrizal-Los Teques Estado Miranda (GRAN CARACAS) Repùblica Bolivariana de Venezuela.Teléfax:0212-383-0466. Teléfono Movil Celular :0412-9742213"
El dìa Jueves 12 de Marzo del 2.010 asistimos a
Dicho “Consenso de Monterrey” cuenta con una Secretaria para su seguimiento e implementaciòn toda vez que en el texto del mismo aparece el compromiso expreso de las altas partes contratantes de continuar las deliberaciones relacionadas con èste tema trascendental para la economìa Mundial.
La dinàmica de
De seguidas se abriò un ciclo de preguntas donde el Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez- ABOGADO-U.C.A.B. planteo las siguientes interrogantes: 1)¿ El Grupo de los 20 busca Dividir al Grupo de los 77, incluyendo a miembros de èste ùltimo en su seno? Respondiò que sì pero No abiertamente. 2) ¿Se ha perdido el Factor de Cohesiòn en el Grupo de los 77? Respondiò que obviamente que sì y que la causa puede deberse a
Datos tècnicos del Consenso segùn Wikipedia:
El Consenso de Monterrey es el resultado de
El documento final contiene secciones sobre
"Definiciòn de los Acuerdos de Bretton Woods segùn Wikipedia"
Los Acuerdos de Bretton Woods son las resoluciones de
En fin esperamos que el mismo sea de su utilidad a los fines legales consiguientes.
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Celebramos la Decisiòn , Felicitamos a nuestro distinguido Colega el Dr: Gordon Pollok y le sugerimos que NO LLEGUE A NINGUN ARREGLO en el Tribunal de Arbitraje sin que antes SE TASEN LOS DAÑOS MORALES, A LA REPUTACIÒN Y BUENA FAMA DE PDVSA generados por la TORPE actuaciòn de Exxon Mobile.
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Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
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Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàez
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Siendo asì las cosas la aplicaciòn del Principio Universal "REBUS SIC STANTIBUS" ( principio de Derecho, en virtud del cual, se entiende que las estipulaciones establecidas en los contratos lo son habida cuenta de las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, esto es, que cualquier alteración sustancial de las mismas puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones) es perfectamente aplicable a la actualidad de la negociaciones celebradas por Venezuela con Empresas Trasnacionales (Liberandose en consecuencia de las Obligaciones previamente contraidas tal y como pasò con Exxon Mobile) que vienen a explotar de manera conjunta el Petroleo Venezolano, dado que el Mercado Petrolero Mundial es Volatil en los actuales momentos y obviamente el Estado no puede tener sobre sì UNA CAMISA DE FUERZA que no le permita aprovechar la coyuntura del Mercado Petrolero Mundial en Beneficio del Paìs, creemos que por allì deben orientarse nuestras Polìticas en el area Energetica dado que en el futuro Venezuela debe consolidar su presencia en el Mercado Petrolero Mundial con la garantìa de que el Estado recibirà el mejor dividendo por la Venta de cada Barril de Petroleo que produzca PDVSA, sus filiales y las Empresas trasnacionales que nos acompañan en dicho proceso productivo.
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Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
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