La Falsificaciòn Marcaria ya es reconocida como un Flagelo, pero no es menos cierto que la gravedad del asunto ha hecho que tratadistas en la materia lo lleven a un estadio o fase terminal en cuanto a su gravedad se refiere por los serios efectos que està teniendo en las economìas de nuestros Paises al punto que ha llegado a compararsele con un CANCER puès ha minado el sistema economico como Mutatis Mutandi lo hace el cancer con el organismo, pero sabemos asi mismo que cuando se Piensa (entre ellos el Dr: Roberto Porcel del Despacho de Abogados Argentino Porcel & Cabo) UNIFICAR CRITERIOS lo refieren desde el punto de vista Tècnico para poder dar una soluciòn adecuada en la Justa dimensiòn del problema la Idea de que se pueda manejar estos Criterios a travès de las Camaras Norteamericanas (la de aquì se llama VENANCHAN) es genial porque el 90% de las Patentes ,licencias y Derechos Marcarios en general se manejan a travès de estas Camaras de intereses comerciales, no serìa descabellado promover la utilizacion de USOS UNIFORMES DE PROTECCION MARCARIA, es decir, PROTOCOLOS DE PROCEDIMIENTO Y DE ACTUACION LEGAL para que los Titulares de los Derechos Marcarios actuen con una misma Direcciòn e interès (SIN CONTRADICCIONES), es decir, coordinar las actuaciones legales protectoras del Derecho Marcario por ejemplo: Los Miembros de las Camaras de Comercio Norteamericanas de la Regiòn Latinoamericana Recomiendan a sus Asociados seguir el siguiente Protocolo de Procedimientos y actuaciòn Legal para el caso de Falsificaciòn Marcaria : 1_ Ejercer la Acciòn Penal Correspondiente. 2- Ejercer la Acciòn Civil Sub-sidiariamnete para el pago de Daños y Perjuicios. 3- Solicitar en el caso penal Medidas de Coerciòn Personal contra : a- El Dueño del Comercio. b- El Propietario del Inmueble Arrendado. c-Los Comerciantes Adquirentes de Mercancia Falsificada. d- El consumidor de Mala Fe.4- En el caso Civil Solicitar : a- Medida Preventiva de Embargo. b- Incautaciòn de Mercancia Falsificada. c- Clausura o cierre del Establecimiento. d- Embargo de Cuentas Banacarias de los demandados por Daños y perjuicios causados por falsificaciòn Marcaria, en fin algo asì , entonces las CAMARAS actuarian coordinadamente y los resultados serìan màs efectivas porque en definitiva si todos actuan por su cuenta en forma descordinada el que saldra beneficiado serà EL DELINCUENTE, en cambio si se coordinan acciones via las diferentes camaras entonces los resultados serìan mas efectivas y se harìa retroceder la incidencia del delito en gran parte de la medida creemos que la clave està alli en la coordinaciòn de las acciones legales a ejercer en la defensa de los derechos marcarios. Para continuar analizando esta materia recomendamos el Blog del Dr: Roberto Porcel (http://robertoporcel.blogspot.com/ )
Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
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