Esta materia regulada por el Estatuto de La Corte Penal Internacional mejor conocido como el Estatuto de Roma (Rome Statute of the International Criminal Court) aprobado por las Naciones Unidas el dìa de 17 de Julio de 1.998 tiene como objeto Sancionar y Castigar aquellas Conductas Tìpicas, Antijurìdicas y Punibles establecidas como "DELITOS DE LESA HUMANIDAD" previamente establecidas en dicho Estatuto cuyo fin ùltimo es la Defensa de Los Derechos Humanos.Es Importante destacar que la Competencia de dicha Corte Penal Internacional està determinada primero que nada por la Adhesiòn del Estado respectivo al Tratado y sòlo podrà conocer de aquellos Delitos que se cometan despuès de la Adhesiòn del Estado Correspondiente al Tratado por tanto por argumento en contrario no podrà conocer de circunstancias que aunque establecidas como Conductas Tìpicas en el Estatuto sin embargo fueron cometidas antes de la entrada en vigencia en ese Paìs respectivo, tambièn debemos resaltar entre las ideas Principales del Estatuto el hecho de que la Corte Penal Internacional podrà actuar sì y sòlo sì El Estado respectivo no està dispuesto o no pueda entrar a conocer dicho asunto porque no es capaz de perseguir EL DELITO . Las Especies Delictivas Contenidas,tratadas y sancionadas por el Estatuto de Roma segùn el articulo 29 de dicho Tratado SON IMPRESCRIPTIBLES lo cuàl le otorga un peso trascendental a dicho Instrumento normativo internacional porque NO PERMITE que ningùn proceso totalitario interno de cualquier Paìs por muy largo que sea pueda evadir la Acciòn internacional con el simple paso del tiempo, algunos de esos delitos son:1- Crimen de Lesa Humanidad de Asesinato. 2-Crimen de Lesa Humanidad de Exterminio.3-Crimen de Lesa Humanidad de Esclavitud.4-Crimen de Lesa Humanidad de Deportaciòn o traslado forzoso.5-Crimen de Lesa Humanidad de Encarcelaciòn.6-Crimen de Lesa Humanidad de Tortura.7-Crimen de Lesa Humanidad de Violaciòn.8-Crimen de Lesa Humanidad de Esclavitud Sexual.9-Crimen de Lesa Humanidad de Prostituciòn Forzada.10-Crimen de Lesa Humanidad de Embarazo Forzado.11-Crimen de Lesa Humanidad de Esterilizaciòn Forzada.12-Crimen de Lesa Humanidad de Violencia Sexual .13-Crimen de Lesa Humanidad de Persecusiòn.14-Crimen de Guerra de Homicidio intencional.15-Crimen de Guerra de Tortura.16-Crimen de Guerra de Tratos Inhumanos.17-Crimenes de Guerra de Someter a Experimentos Biologicos.18-Crimen de Guerra de causar deliberadamente grandes sufrimientos.19-Crimen de Guerra de Destrucciòn y Apropiaciòn de bienes.20-Crimen de Guerra de Servir a fuerzas Enemigas.21-Crimen de Guerra de Denegaciòn de un Juicio Justo.22-Crimen de Guerra de deportaciòn o traslados ilegales.23-Crimen de Guerra de detenciòn ilegal.24-Crimen de Guerra de toma de rehenes.25.-Crimen de Guerra de Ataques contra la Poblaciòn Civil.26-Crimen de Guerra de ataques contra objetos de caràcter civil.27-Crimen de Guerra de ataque contra misiones de Paz. 28.- GENOCIDIO,etc.En fin todas estas especies Delictivas y otras que siguen en la enumeraciòn hecha por el Estatuto de Roma son Imprescriptibles siendo su LEI MOTIV la Protecciòn de los Derechos Fundamentales de la Humanidad como lo son LOS DERECHOS HUMANOS. Esperamos puès les sea de utilidad a los fines legales consiguientes.
Cordiales, Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
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