En el caso de Matrimonios Celebrados en el Extranjero que hayan decaido en la terrible situaciòn del Divorcio hay que tomar en cuenta las siguientes recomendaciones: Primero : Cualquiera de los Conyuges debe inscribir su Acta de Matrimonio extranjera en el Registro Civil Venezolano, lo cuàl Ipso Facto le dà competencia a un Juez Venezolano de conocer los asuntos relacionados con la extinciòn de dicho vìnculo Matrimonial.Segundo: Sì uno de los Conyuges abandona el Paìs,el otro puede Demandarlo en Venezuela,sòlo debe tener pendiente respetar EL DERECHO A LA DEFENSA , lo que implica solicitar su Citaciòn en el Paìs extranjero a travès de una ROGATORIA al Juez respectivo por ejemplo en Estados Unidos sì ese fuera el caso.Tercero: Como el demandado està fuera del Paìs, el Tribunal tendrà que otorgarle el llamado tèrmino ultramarino para que se presente a Constestar la Demanda.Cuarto:Sì a pesar de que fuè citado EL DEMANDADO no acude a Constestar LA DEMANDA el Tribunal le nombrarà un DEFENSOR AD-LITEM.Quinto: Como en Venezuela NO EXISTE LA POTESTAS MARITATIS a los efectos de la Fijaciòn del Domicilio Conyugal LA MUJER NO TIENE QUE SOMETERSE AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL ESPOSO,lo que quiere decir que sì este CAMBIA DE MANERA INCONSULTA el Domicilio se le podrìa Demandar por ABANDONO DEL HOGAR.Sexto: En el caso de MATRIMONIOS CELEBRADOS EN EL EXTERIOR donde al dìa siguiente uno de los conyuges se muda a venezuela hace presumir que el matrimonio se celebro con la intenciòn de residenciarse en Venezuela.Septimo: una vez que el Defensor Ad-litem cumpla con los tramites relacionados con el Derecho a la defensa y se produzca la Sentencia de Divorcio la misma se ejecuta en Venezuela en el REGISTRO RECEPTOR DEL ACTA DE MATRIMONIO EXTRANJERA.Octavo: para ejecutar la Sentencia en el extranjero deberà solicitar un EXEQUATUR por ante el Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.) para que se produza la anulaciòn de la partida en el Paìs de Origen y asì evitar la dualidad en el STATUS, es decir, DIVORCIADA en Venezuela y CASADA en Estados Unidos.Noveno: La ventaja inicial es que una vez se produzca la Sentencia en Venezuela y la anulaciòn del Acta Extranjera en el Registro Receptor LA PERSONA podrìa volver a celebrar NUPCIAS EN VENEZUELA validamente.Dècimo: otra ventaja estarìa dada en que PERSONAS con problemas de Ingreso (inmigraciòn) en el Paìs extranjero donde celebrò el MATRIMONIO podrà ir adelantando en su Pàìs de origen los Tramites legales para su Divorcio.
Cordiales, Saludos !!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
1 comentario:
Buenas noches DR GILBERTO, muy interesante su articulo, puede servir de modelo para un caso similar que tengo en la actualidad,
posiblemente pueda consultarle algo en estos dias si Usted me lo permite,
Saludos,
ATTE,
K.H.I.R
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