viernes, octubre 12, 2012

Derecho Médico : “Sensible fallecimiento de la Presidenta de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela Dra: Ninoska Queipo a causa de complicaciones generadas en Cirugía Estética podría ser tomado como punto de ignición para que se someta a mayor vigilancia y control el Trabajo de los Cirujanos Plásticos en el País”



Caracas D.C.

Ante el sensible fallecimiento de la Presidenta de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia Dra: Ninoska Queipo, a consecuencia de serias complicaciones generadas en Cirugía Plástica y de las terribles estadísticas ocultas que tiene esa especialidad en Venezuela, bién valdría la pena revisar todo lo que tiene que ver con el proceso de selección y de ejecución de dichos procedimientos de cirugía mayor, todos sabemos y conocemos que lamentablemente para los pacientes Venezolanos esta materia esta poco controlada en el País y que se están decidiendo OPERACIONES y PROCEDIMIENTOS sin que se cuiden aspectos de vital importancia como:

1. Evaluación y estudio de la realidad particular del paciente, para determinar si efectivamente este necesita la operación solicitada y sí éste está en capacidad de resistir la Operación Seleccionada.

2. Acreditación debida del CIRUJANO PLÁSTICO en cuanto a sus condiciones Técnico Científicas, entre las que se encuentran: PERICIA y AGUDEZA.

           Esto genera el hecho de que en la mayoría de la Gran cantidad de Operaciones Estéticas que se llevan a cabo en Venezuela trae y traerán siempre como consecuencia la ocurrencia del DAÑO en la Humanidad del Paciente, producto de una variable que debió ser prevista, así por ejemplo vemos pacientes a los que ocurren las siguientes complicaciones:

1. Problemas Cardiacos Sobrevenidos en la ejecución del Acto Médico Quirúrgico.

2. Reacciones Alérgicas Graves a la Anestesia y a los Medicamentos.

3. Hemorragias y Sangramientos Incontrolables derivados de la toma por parte del paciente de Medicamentos anticoagulantes que el Médico no previó antes de la práctica el Acto Médico Quirúrgico.

            En conclusión se lleva al Quirófano a un Paciente mal evaluado, que por contrapartida se arriesga cuando se lleva a cabo la práctica del Acto Médico Quirúrgico, porque simplemente dicho paciente no califica para ese procedimiento de Cirugía Mayor. Ahora bién en cuanto al Médico, normalmente ocurren las siguientes deficiencias Graves:

1. No posee la cantidad de Horas necesarias de práctica en la especialidad y en el ACTO MEDCO QUIRURGICO que ha resuelto venderle al Paciente, el riesgo es más que evidente, porque en la mayoría de los casos la ausencia de práctica genera un elevadísimo riesgo, cuyas consecuencias el paciente paga con su vida.

2. No posee un EQUIPO DE CIRUJANOS Y ASISTENTES debidamente acreditados para que le asistan en la práctica de un Acto Médico Quirúrgico de Cirugía Mayor, hay casos en los que el mismo cirujano hace de Anestesiologo Ad Hoc.

3. No poseen un QUIROFANO debidamente certificado, en cuanto a lo que se conoce como SEGURIDAD BIOLOGICA, es decir, nuestros Quirófanos normalmente son fuentes de Grandes contagios de las llamadas SUPER BACTERIAS que ponen en juego la vida del paciente.

4. No posee Unidades de Cuidados Intensivos (U.C.I.) y ante una EMERGENCIA no podrán mantener con vida al paciente por falta del equipamiento necesario a tales fines.

5. No poseen Equipos adecuados para la ejecución del Acto Médico Quirúrgico contratado y mucho menos están debidamente acreditados para su uso y manejo.

               Es fácil concluir entonces que es necesario regular específicamente a través de una Normativa Especial el Trabajo de los Cirujanos Plásticos, hasta este momento están trabajando a la libre y los pacientes están solicitando a su sólo criterio procedimientos que podrían ser catalogados como de cirugía Mayor, hace falta control de ésta especialidad porque ya son muchas las Barbaridades cometidas, tan sólo a los fines prácticos citó los casos más comunes:



1. Casos relacionados con Aumento de Mamas y Glúteos.

2. Casos relacionados con el uso indiscriminado de BIOPOLIMEROS.

3. Casos relacionados con LIPOSUCCIÓN.

4. Casos relacionados con RIDECTOMIA.

5. Casos relacionados con REFRESCAMIENTO FACIAL.

             En fin sentimos mucho el fallecimiento de la Dra: Ninoska Queipo y creemos que es el momento de poner coto al asunto grave de la Cirugía Estética en nuestro País y de la actividad de los cirujanos Plásticos, la cual requiere mayor control y regulación para salvaguardar el interés fundamental ,como lo es el Derecho Constitucional a la vida de los pacientes.

Cordiales, Saludos !!!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.

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