jueves, noviembre 01, 2007

Mala Praxis Mèdica Primera causa de Mortalidad en los Quirofanos


Nos preguntamos ¿ Mala Praxis Mèdica o una calamidad de marca mundial ? al visitar la pagina de la Defensora del paciente ante la OMS Ciudadana : Maria Golia ( http://drgoliamiguel.blogspot.com/ ) despuès de revisar los interesantes temas allì tratados y descubrir la escalofriante cifra de 10.000.000 de vìcitimas anuales por èsta causa ,no podemos màs que concluir que sì se trata de una calamidad de Marca Mundial , es mucha la gente que muere por esta causa y eso es preocupante por tanto lo primero que tengo que decirles es que la materia de la MALA PRAXIS MEDICA es un tema delicado que conlleva el levantamiento de un expediente Probatorio por parte de los Abogados que te asistan en el caso a saber: 1- Acta levantada por los especialistas que te atendieron en el acto Quirurgico,el cuàl esta obligado a registrar el CENTRO MEDICO asistencial. 2-Acta de Fallecimiento con expresiòn de la causa de la muerte (generalmente se expresa el criterio mèdico). 3-Examenes mèdicos pre-operatorios. 4- Diagnostico Mèdico antes de la operaciòn. 5- Informe Mèdico de un profesional ajeno al acto quirurgico que exprese el procedimiento Quirurgico aconsejado y la tècnica respectiva.A los efectos de estudiar el caso los Abogados deberian saber algunos detalles como:1-Padecimiento diagnosticado al paciente.2-Grado de complicaciòn de la Enfermedad.3- ¿existia un procedimiento alternativo al acto quirurgico.?4- expectativas que el mèdico le fijo al paciente.5- se trato de un ERROR DE PROCEDIMIENTO o un Diagnostico erroneo.Creo que aùn en cualquier Jurisdicciòn de culaquier Paìs medianamente civilizado se pueden hacer algunas actuaciones legales que determinen reponsabilidades porque esto responde a un criterio objetivo de responsabilidad profesional si actuas con orden y disciplina puedes obtener una luz de Justicia estos casos se pueden accionar a nivel penal y a nivel Civil para lograr una indemnizaciòn por Daño Moral pero todo depende del ejercicio directo del derecho a Investigar ¿ Que paso en el caso ? ¿Por Què Murio el Paciente ? el interesado debe seguir acumulando informaciòn al respecto con la idea de preparar el camino para una actuaciòn legal ,puès de esto dependerà el que se llegue a hacer Justicia. El asunto grave en este campo siempre ha sido la falta de interès que el paciente o mejor dicho la vìctima pone en la resoluciòn de su caso,recuerdo a todos que desde el punto de vista legal los familiares del Fallecido por una mala praxis mèdica son considerados victimas y eso los faculta para actuar legalmente, es necesario actuar ser proactivos puès la soluciones no llegan sòlas desde el cielo, es verdad que hay que orar pero a Dios Rogando y con el rolo dando, por eso hace falta que la victima acuse, indique las pruebas en las que fundamenta su acciòn,inste a la Fiscalia a Acusar, tambièn hay que delimitar responsabilidades ¿Cuando es Responsable el mèdico? ¿Cuando es responsable la Clinica o centro asistencial? ¿Cuando la responsabilidad es compartida? esas son determinaciones que desde el punto de vista tecnico hay que hacer para evitar actuaciones dilatorias por parte de la Defensa de los Acusados en fin un estudio completo de la Relaciòn de Causalidad entre los hechos investigados y los Acusados, no se puede dejar de accionar civilmente para reclamar las indemnizaciones por daños y perjuicios, hay que reclamar el Daño Moral todo esto es importantisimo y no ocurre si la victima no impulsa el proceso sino mantiene su interès vivo de que se haga justicia,lamentablemente muchos no saben esperar, sabemos que el que espera desespera pero lo importante es no dejar que las acciones expiren puès el abandono procesal de la causa afecta el procedimiento. Concluimos entonces: Es necesario Accionar Judicialmente contra la Mala Praxis Mèdica puès èste està causando tanto Daño como la peor de las enfermedades.
Cordiales, Saludos !!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

5 comentarios:

*//////* dijo...

Gracias por la mención amigo mío... en verdad admiro tu sitio porque encuentro mucha información y variada.
El tema es tan extenso como complejo y suelen sentirse "víctimas" lo que en realidad son victimarios ¿el reino del revés?

A veces, para aquellos que nos enfretamos a semejante corporación... no suelen mirarnos muy bien... pero debemos empezar a llamar las cosas por su nombre ¿no es cierto?

En mi país, Argentina, es aún peor... le dicen "LA INDUSTRIA DEL JUICIO" y culpan tanto a las víctimas como a los abogados...claro, es más fácil escudarse en la postura de que es el mundo contra ellos, cuando en realidad solo se persigue la verdad, la justicia.

Ejemplo: Cuando un delincuente utiliza un arma de fuego para cometer un homicidio enseguida es perseguido como corresponde... no es este el caso, no ocurre los mismo con las negligencias médicas... es muy problemático demostrarlo, pero no imposible.

Son tantas las pruebas, las causas que se deben demostrar que el tema es difícil, no lo niego, pero, no es una utopía.

En algunos países ha comenzado a cambiar la idea popular de las negligencias médicas, y desde el mismo lugar de los médicos intentan aprender de los errores denunciándolos ellos mismos, defendiendo los derechos de los pacientes.

En latinoamérica quizás nos faltan algunos años más... pero llegaremos, y creo que se logrará dejando de acusar a los abogados por defender a los pacientes y respetando las leyes. Todo aquel que comete un crimen debe pagar por ello.

Otro tema son los códigos penales y civiles. No existen leyes específicas para los términos mala praxis médica, o negligencia médica. Entran dentro del marco de lay de accidentes de tránsito. Eso es algo que debe revertirse desde el Congreso de la Nación, y sancionar leyes adecuadas para estos fines.

Un fuerte abrazo, y cordiales saludos.

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Gracias por tu visita Maria Rosa, creo que tu visiòn acerca de la realidad del Litigio Penal por Mala Praxìs es adecuada a la realidad, pero debes detenerte a pensar QUE EL MEDICO NO PUEDE SER IGNORANTE POR MANDATO DE LA LEY, ES DECIR, SU IGNORANCIA ES PUNIBLE, cuando un Mèdico no se ajusta a las Tecnicas aceptadas en el ejercicio de su Ciencia Causa Daños Personales a sus pacientes que van desde Lesiones Leves, Graves y gravisimas hasta la muerte del paciente dichas consecuencias de su Mala Praxis son Punibles porque cuando un mèdico a sabiendas de su ignorancia en una especialidad procede y causa un Daño esas Lesiones Y/o muerte del paciente es INTENCIONAL y entonces se clasificaria esa muerte como un Homicidio pero al ser medico y no poder demostrar su pericia el delito ademàs serà alevoso y preterintencional porque lo hizo a sabiendas de que no estaba preparado o sabiendas de que se aparto de la tècnica,por eso es que un ACTO MEDICO no puede practicarlo quien no tenga el titulo de tal porque requiere preparaciòn adecuada, debe estar licenciado para ello, te doy un ejemplo:Cirugia estetica de aumento de mamas (muy de moda hoy en dìa) esa operaciòn debe practicarla un medico cirujano con epecialidad en cirugia estetica, pero sì lo hace un Mèdico No licencado para ello por una especialidad entonces este podrìa incurrir en Mala Praxis medica porque no esta preparado para ello luego si el paciente muere esa Mala Praxis medica podrìa mutar en Homicidio Intencional ¿Comprendes?

Cordiales, Saludos !!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

*//////* dijo...

TOTALMENTE DE ACUERDO CON UD. EN TODO DR.
Además lo he sufrido en mi familia, con el caso de mi padre y sé lo que se padece en esos momentos y luego en todo el proceso legal (civil y penal).

Todo acto humano es PUNIBLE.

Yo lo entiendo.
Ud lo sabe y lo comprende.

El gran problema es que lo comprendan la gran mayoría de médicos, que creen que solo por tener esa profesión no pueden hacerle nada, criticarle nada, nadie tiene derecho al reclamo, ni a quejarse, ni a verlos siquiera como simples mortales que entran dentro de las mismas leyes que nosotros.

Es más... alguna vez mencioné en mis reuniones de pacientes damnificados... "tampoco podemos pretender que sean delicuentes con título que los habilite a trabajar en una mano y un bisturí (como arma no punible) en la otra". Muchos pretenden eso. Y luchan (en mi país) por bajar la prescripción de 10 años a 2 años, quitar el beneficio de litigar sin gastos y modificar los códigos civil y penal de la Nación Argentina a gusto y piachere propios, para el beneficio de la corporación médica, no porque deba existir una ley que regule estas situaciones (como le mencioné anteriormente)

Es decir, pretenden la modificacion, si, pero para beneficiarse con leyes menos duras.
Esto no resulta directamente proporcional... a menor cantidad de demandas judiciales menor serán los errores. NOOOOOOO, tendrán menores demandas, pero cometerán los mismos errores o más, con la diferencia que muy pocos podrán hacerles un juicio.

Y yo creo que es necesario un cambio, pero porque en la caratula de cada expediente, en el cuerpo de la demanda, en cada cédula, cada mandamiento, debería de figurar en autos "fulano de tal, contra mengano de tal sobre MALA PRAXIS MÉDICA"... no solo daños y perjuicios en lo civil, u homicidio en penal. Por eso es que le hice mención de este dilema existente en mi país.

Porque la lucha es desigual. Ellos se reúnen en grandes ateneos médicos, congresos y encuentros solo con el fin de levantar firmas y presentarlas ante ambas Cámaras (Senadores y Diputados) mientras que el resto de los pacientes ignora todo esto... es como pretender que les den una LICENCIA PARA MATAR... ¿quien los va a demandar si prescriben en dos años? muy pocos... porque algunos no saben los que les ocurre hasta un tiempo posterior a una operación, puede manifestarse mucho después de los dos años (no es en el caso de muerte del paciente, como mi papá... estoy hablando por el resto de los pacientes)

¿Me comprende? pretende eso, y los pacientes ni idea de que esto ocurre a sus espaldas... yo, humildemente, porque escarbo, investigo, ando por todos lados y me entero... pero ¿los demás? ¿y si consiguen modificar algunas cosas? por ejemplo el beneficio de litigar sin gastos. Si modifican eso, muchos pacientes pobres, o de escasos recursos, no podrían demandar a los médicos de hospitales públicos... por dar un ejemplo.
El tema da para largo. Y .... me apasiono y escrboooooooo... perdón. Mil perdones.
Pero en verdad creo que se pasan de rosca estos médicos, no miden lo que pretenden hacer.
Por Dios!!! ¿no es cierto? Que tengan un poco de dignidad y que realmente ejerzan la profesión aquellos que son idóneos.

Gracias por tantos temas interesantes.
Perdón por lo extenso del comentarios, parece un discurso.

Un fuerte abrazo

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Muy bièn Maria Rosa tu posiciòn refleja un analisis concienzudo de lo que ocurre fuera del Juicio, es decir, el Via cruxis que atraviesan los damnificados por Mala Praxis Mèdica pero habria que precisar que el Beneficio de Litigar Sin Gastos auque pretendan eliminarlo via una Ley especial(lo cual serìa un verdadero exhabrupto Jurìdico) seguirìa existiendo el Beneficio a ser asistido por un Defensor Pùblico e inclusive la Figura del Beneficio de Pobreza, no pueden restringir el acceso a los Organos de Justicia porque seria (y aquì te paso el dato para TU LUCHA ante la OMS) VIOLAR UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL COMO LO ES EL DE ACCESO ADECUADO,LIBRE,INDEPENDIENTE Y EFECTIVO A LOS ORGANOS JURISDICCIONALES, cuando entramos en el capitulo de Derechos Humanos los Estados,Los Gobiernos pierden Jurisdicciòn porque esos Derechos fundamentales NO PUEDEN SER RESTRIGIDOS POR UN ACTO LEGISLATIVO porque son de Jurisdicciòn Internacional, es decir, aunque te lo nieguen por ley se verian Obligados a respetar los Pactos de Derechos Humanos como la Declaraciòn Universal de los Derechos Humanos, El Pacto de San Josè de Costa Rica y otros que desarrollan los Derechos fundamentales, creo que tu lucha es Justificada y que tarde o temprano estas tendencias anòmalas que pretenden crear ventaja a los que andan al margen de la ley (MALA PRAXIS MEDICA) tendran que armonizar con las normas que regulan Derechos Fundamentales a nivel internacional, en cuanto a lo de que van a bajar la prescripciòn de 10 a dos años te expreso que con diligencia esa brrera que pretenden levantar puede ser derribada ¿por que? bueno porque la PRESCRIPCION entendendia como la perdida o adquisiciòn de un Derecho por el simple transcurso del tiempo, en este caso serà la extintiva perdida por el paso de un periodo de tiempo puede ser SUSPENDIDA o puede ser interrumpida las causales estan en las normas de Derecho general que regulan esta instituciòn pero la simple interposiciòn de la Denuncia interrumpe la prescripciòn y borra el tiempo transcurrido asi en el proceso penal otros actos borran el lapso transcurrido por interrupciòn por ejemplo la imposiciòn de cargos ,las actuaciones como Notificaciòn de celebraciòn de actos del proceso interrumpen la prescripciòn "que te quiero decir que UN JUICIO ES UN TORNEO DE DILIGENCIAS,REGULARMENTE GANA EL MÀS DILIGENTE AUNQUE NO TENGA LA RAZÒN asi decia un profesor nuestro que hoy en dìa es el presidente de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ànimo,sigue adelante que la pelea no termina hasta que no suene la ùltima campanada,demas esta decirte que me siento solidario con tu causa,la de tu padre y tu lucha ante la OMS encontraras aqui siempre apoyo y asesoria Jurìdica para avanzar porque queremos tambièn ayudar a la Humanidad en estos trances que significan implorar y exigir Justicia.

Cordiales, Saludos !!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

*//////* dijo...

Muy buenos su datos Dr. !!!! Gracias. Cada día sigo y sigo aprendiendo y Ud. ya es un puntal en mi camino, alguien con quien sé que puedo contar, pero además un amigo que me regala y beneficia de todos buenos consejos.

Gracias por estar Gilberto, le dejo un gran abrazo...