jueves, agosto 10, 2006

Consultas : Por favor plantear su problema asì
  • Pequeño resumen de los antecedentes del caso.
  • Perjuicio o problema que los primeros causan a sus derechos e intereses.
  • Soluciòn deseada.

2 comentarios:

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Para asuntos litigiosos Venezolanos indicar el Estado y poblaciòn asì como la cuantia del asunto para poder indicarle el Tribunal competente para conocer de su caso. Gracias !!!

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Se le señala al pùblico en general que a la fecha la materia relacionada con Separaciones de Cuerpos, Divorcios, autorizaciòn del conyuge para separarse del hogar comùn , si de esa relaciòn afectada existen hijos Menores dicha materia serà atendida por la Jurisdicciòn Especial (Tribunales de Menores) la Jurisdicciòn Civil se aplicarà sòlo para el caso de relaciones de pareja (Matrimonio, Relaciones de hecho) que no hayan tenido hijos o aquellos que los tuvieron pero ya son mayores de edad caso en el cuàl pierde la competencia el Juez de Menores y la asume el Juez Civil.