sábado, diciembre 20, 2008

Derechos Humanos : " ¿La O.E.A. o la O.E.L.A.? En virtud de que esta Decisiòn pordrìa implicar DDHHH debe ser Consultada al Soberano vìa Referendum"

"LOGOTIPO DE LA O.E.A."

La especialìsima materia de los Derechos Humanos nos invita a hacer un ejercicio de Pensamiento y anàlisis sobre las decisiones que ciertos Grupos Institucionales Latinoamericanos estan proponiendo al seno de las organizaciones que en forma natural los reunen ;como lo es el caso de UNASUR, EL GRUPO DE RIO,MERCOSUR y otros. Se ha hecho la Propuesta de crear La O.E.L.A organizaciòn de Estados Latinoamericanos esto de buenas a primeras SUENA MUY BIEN por aquello del Principio Universalmente aceptado de LA AUTODETERMINACION DE LOS PUEBLOS lo Oscuro estarìa en sostener la tesis que señala "...QUE UNA VEZ SEA CREADA LA OELA ,LOS ESTADOS SE RETIREN DE LA OEA..." ¿POR QUE? es oscuro por no decir Erroneo y desacertado dado que no debemos olvidar que la O.E.A. tiene todo un MECANISMO DE NORMAS E INSTITUCIONES garantes de los Derechos Humanos , a las pruebas nos remitimos con recordar tan sòlo uno de los Instrumentos Jurìdicos de gran trascendencia para la vida de los pueblos Latinamerianos como lo es LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS suscrita en San Josè de Costa Rica el 22 de Noviembre de 1.969 ,en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos ,en la cuàl se establecen de manera expresa y categorica en su PREAMBULO los siguientes lineamientos: "...Que con arreglo a la Declaraciòn Universal de Los Derechos Humanos, sòlo puede realizarse el ideal del ser Humano Libre, exento de temor y de la Miseria, sì se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus Derechos Econòmicos, Sociales y Culturales,tanto como los de sus Derechos Civiles y Polìticos...""...Considerando que la tercera conferencia Extraordinaria(Buenos Aires 1.967) aprobò la incorporaciòn a la propia Carta de la Organizaciòn de normas màs amplias sobre Derechos econòmicos, Sociales y Educacionales..." asì tambièn debemos pensar en la Corte creada a partir del Pacto de San Josè de Costa Rica como ORGANO JURISDICCIONAL ESPECIALIZADO EN EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÒN DE CASOS DE VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS y la cèlebre "CARTA DEMOCRATICA" ¿Entonces? no es fàcil màs bièn es sumamente delicado asumir en forma ligera y alegre el pensamiento y la acciòn dirigida a ELIMINAR LA O.E.A. para crear LA O.E.L.A. esta ùltima sin LA RATIFICACION INMEDIATA DE TODO EL SISTEMA DE NORMAS DE CONSAGRACIÒN , PROTECCIÒN Y APLICACIÒN DE LOS DERECHOS HUMANOS serìa simplemente un CASCARON VACIO ,por otro lado el asunto se complica cuando pensamos en los Principios de Progresividad de Los Derechos Humanos establecidos en nuestra Constituciòn Nacional que en primer lugar HACE PARTE DEL TEXTO INTEGRO DE LA MISMA AQUELLOS TRATADOS SOBRE DERECHOS HUMANOS QUE CUMPLIERON CON EL TRAMITE NECESARIO PARA FORMAR PARTE DE NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO INTERNO, es decir, les OTORGA RANGO CONSTITUCIONAL siendo asì el tema adquiere una relevancia sorprendente!!! porque entonces para Paìses como LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA abandonar LA O.E.A. implica solicitar la APROBACIÒN VÌA REFERENDUM del SOBERANO porque en forma tàcita la Decisiòn de Abandonar LA O.E.A. conlleva Derogar, suspender, inhabilitar LAS NORMAS Y TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS nacidas en el capitulo de LA O.E.A. lo cuàl forma parte de nuestras normas de RANGO CONSTITUCIONAL por mandato imperativo de la propia Carta Magna , todo esto es a su vez parte de un largo proceso que lleva ya màs de 50 años ,no es una simple Decisiòn, se trata de una decisiòn Trascendental !!! que por tocar aspectos Constitucionales de nuestra Carta Magna NO PUEDE SER REALIZADO Y EJECUTADO sin el cumplimiento de LA CONDITIO SINE QUA NOM de Ser Consultado vìa Referemdum al SOBERANO VENEZOLANO que es quièn por madato Constitucional tiene la ùltima palabra en èste asunto.

Cordiales, Saludos !!!

Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.

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