martes, marzo 17, 2009

Màxima Jurisprudencial: "El Vicio de la Prescindencia total y absoluta del Procedimiento legalmente establecido"


Este Vicio de Nulidad Absoluta es recurrentemente estudiado en esta disciplina dada su alta incidencia en los procedimientos Administrativos, toda vez que a las autoridades cuasi jurisdiccionales en la mayoria de las oportunidades desconocen el procedimiento o aplican de manera erronea uno distinto al que le corresponde al asunto sometido a su consideraciòn, visto lo mismo el Tribunal Supremo de Justicia ha tenido que intervenir y definir que se debe entender por PRESCINDENCIA TOTAL Y ABSOLUTA DEL PROCEDIMIENTO LEGALMENTE ESTABLECIDO, asì lo aclara de manera expresa en la Sentencia Nº 01131 de Sala Político Administrativa, Expediente Nº 16238 de fecha 24/09/2002 cuando nos dice expresamente lo siguiente : "...Esta Sala ha precisado que la prescindencia total y absoluta del procedimiento legal establecido, conforme al ordinal 4º del artículo 19 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, no se refiere a la violación de un trámite, requisito o formalidad o de varios de ellos. El vicio denunciado sólo se justifica en los casos en los que no ha habido procedimiento alguno o han sido violadas fases del mismo que constituyen garantías esenciales del administrado..." . Esperamos puès sea de su utilidad a los fines legales consiguientes.


Cordiales, Saludos !!!


Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez

ABOGADO-U.C.A.B.

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