- Protecciòn Integral de los Sistemas que utilicen Tecnologìas de Informaciòn.
- Prevenciòn y Sanciòn de los Delitos cometidos contra tales sistemas o culaquiera de sus componentes y;
- Delitos cometidos mediante el uso de dichas Tecnologìas.
Las Sanciones por los Delitos Previstos por èsta Ley seràn Principales y Accesorias,las Sanciones Principales concurriran con las Penas Accesorias y ambas podràn tambièn concurrir entre si.
Los Delitos se Clasifican asì :
- De los Delitos contra los Sistemas que Utilizan Tecnologìas de Informaciòn :
- Acceso Indebido.
- Sabotaje o Daño a Sistemas.
- Favorecimiento Culposo del Sabotaje o Daño.
- Acceso Indebido o Sabotaje a Sistemas Protegidos.
- Posesiòn de Equipos o Prestaciòn de Servicios de Sabotaje.
- Espionaje Informatico.
- Falsificaciòn de Documentos.
- Delitos contra la Propiedad:
- Hurto.
- Fraude.
- Obtenciòn Indebida de Bienes o Servicios.
- Manejo Fraudulento de Tarjetas Inteligentes u otros Instrumentos anàlogos.
- Apropiaciòn de Tarjetas Inteligentes o Instrumentos anàlogos.
- Provisiòn Indebida de Bienes o Servicios.
- Posesiòn de Equipos para Falsificaciones.
- De los Delitos contra la Privacidad de las Personas y de las Comunicaciones :
- Violaciòn de la Privacidad de la Data o Informaciòn de Caràcter Personal.
- Violaciòn de la Privacidad de las Comunicaciones.
- Revelaciòn indebida de data de informaciòn de caràcter personal.
- De los Delitos contra Niños, Niñas o Adolescentes:
- Exhibiciòn Pornografica de Niños o Adolescentes.
- Difusiòn de M.aterial Pornografico
- De los Delitos contra el Orden Econòmico :
- Apropiaciòn de la Propiedad Intelectual.
- Oferta Engañosa.
- Establece tambièn como Penas Accesorias las siguientes :
- Comiso de Equipos,dispositivos,instrumentos,materiales ùtiles, herramientas y objetos de la comisiòn del delito.
- Trabajo Comunitario.
- Inhabilitaciòn para empleos o cargos pùblicos.
- Establece Indemnizaciòn Civil de Daños y Perjuicios a la Victima en caso de que la Sentencia sea Condenatoria. Recomendamos como enlace de interès a este Tema en lo que a Pirateria de Marcas en Internet se refiere la siguiente pagina: http://robertoporcel.blogspot.com/
Cordiales Saludos !!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
1 comentario:
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Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez
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