"Escritorio Juridico dedicado al ejercicio de la Abogacia en forma integral:Derecho Civil,Mercantil,Menores,Marcario, Patentes,Logotipos,Registros Mercantiles,Transito,Médico entre otros,Dirección: Centro Ciudad Comercial LA CASCADA. Oficina nùmero 2 Piso 2 del Centro Profesional KM. 21 de la Carretera Panamericana Carrizal-Los Teques Estado Miranda (GRAN CARACAS) Repùblica Bolivariana de Venezuela.Teléfax:0212-383-0466. Teléfono Movil Celular :0412-9742213"
viernes, noviembre 17, 2006
Los Alquileres estan Congelados
miércoles, noviembre 15, 2006
Instituto Especializado para la Seguridad Industrial
jueves, noviembre 09, 2006
Calumnia por denuncia Falsa en contra de un Trabajador
- Laboral
- Penal.
En cuanto a lo laboral es obviamente un despido Injustificado podrà el trabajador solicitar la calificaciòn del mismo y gozar de sus salarios hasta tanto y en cuanto se decida el caso en la sede Administrativa, ahora bièn en cuanto a lo Penal siendo una denuncia y demostrada la falsedad de la misma la empresa incurriò en otro delito no menos grave denominado tècnicamente como CALUMNIA por lo cuàl responden personalmente aquel que formulo la denuncia pero la empresa debe responder por los Daños y perjuicios que en èste caso atentan contra el patrimonio Moral del Afectado.
Accidente Laboral
viernes, noviembre 03, 2006
Derecho Constitucional : "La Nacionalidad Venezolana"

Cordiales, Saludos !!!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.
Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
miércoles, noviembre 01, 2006
Venta de un Fondo de Comercio

- Trabajadores (Opera la Sustituciòn de Patrono)
- Acreedores cuya obligaciòn no sea debidamente satisfecha.
- Contratos de Seguros pasan al adquirente en forma identica existiendo la obligaciòn de Notificaciòn Formal a la Aseguradora
Es de hacer notar que si no se hacen las publicaciones de Ley continuaran siendo responsables frente a los terceros en forma solidaria y en cuanto al Vendedor se le obliga a otorgar una garantia de no restablecimiento en el mismo negocio y area so pena de incurrir en competencia desleal (Garantìa de Evicciòn) todo lo que no conste como parte de la venta en forma expresa quedarà fuera de la enajenaciòn del Fondo de Comercio.
sábado, octubre 28, 2006
Jurisprudencia : Libelo de la Demanda fundamentos de derecho.

- La Indicaciòn del Tribunal ante el cuàl se propone la demanda.
- El nombre, apellido y domicilio del demandante y del demandado y el caràcter que tiene.
- Si el demandante o el demandado fuere una persona Jurìdica, la demanda deberà contener la denominaciòn o razòn social y los datos relativos a su creaciòn o registro.
- El objeto de la pretensiòn, el cuàl deberà determinarse con precisiòn indicando su situaciòn y linderos, si fuere inmueble; las marcas, colores, o distintivos, si fuere semoviente; los signos,señales y particularidades que puedan determinar su identidad, si fuere mueble ; y los datos , tìtulos y explicaciones necesarios si se tratare de derechos u objetos incorporales.
- La relaciòn de los hechos y los fundamentos de derecho en que se base la pretensiòn , con las pertinentes conclusiones.
- Los Instrumentos en que se fundamente la pretensiòn , estos es, aquellos de los cuales se derive inmediatamente el Derecho deducido, los cuales deberàn producirse con el Libelo.
- Si se demandare la indemnizaciòn de daños y perjuicios , la especificaciòn de estos y sus causas.
- El nombre y apellido del mandatario y la consignaciòn del poder.
- La Sede o direcciòn del demandante a que se refiere el articulo 174.
viernes, octubre 27, 2006
Jurisprudencia : Requisitos de La Sentencia.

- La Indicaciòn del Tribunal que la Pronuncia.
- La Indicaciòn de las partes y de sus apoderados.
- Una sintensis clara,precisa y lacònica de los tèrminos en que ha quedado planteada la controversia,sin transcribir en ella los actos del Proceso que constan de autos.
- Los Motivos de hecho y de Derecho de la Decisiòn.
- Decisiòn expresa,positiva y precisa con arreglo a la pretensiòn deducida y a las exepciones o defensas opuestas, sin que en ningùn caso pueda absolverse de la Instancia.
- La determinaciòn de la cosa u objeto sobre que recaiga la decisiòn.
Jurisprudencia : Nulidad de Actos Procesales

- Que efectivamente se haya producido el Quebrantamiento en omisiòn de formas sustanciales de los actos.
- Que la Nulidad èste determinada por la Ley o se haya dejado de Cumplir en el acto una formalidad esencial a su validez.
- Que el acto no haya cumplido el fìn al cuàl estaba destinado.
- Que la parte contra quièn obre la falta no haya dado causa a ella o que sin haber dado causa a ella no la haya consentido expresa o tacitamente, a menos que se trate de Normas de Orden Pùblico.
domingo, octubre 22, 2006
Derecho Humanitario Internacional

sábado, octubre 21, 2006
"Hijos de Venezolanos nacidos en el Extranjero"

Cordiales ,Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
sábado, octubre 14, 2006
La Justicia

EL PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD

Cordiales , Saludos !!!
Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
SUSPENSION DE UN ACTO ADMINISTRATIVO

martes, septiembre 05, 2006
Bienvenidos
Pretendemos aquì buscar un punto de contacto con el pùblico Nacional e Internacional para ofrecer nuestros conocimientos Jurìdicos a aquellos que lo necesiten y que pretendan establecer un punto de apoyo fuera de sus lineas convecionales de Asesoria Jurìdica ya que queremos aportar e intercambiar tanto conocimientos como experiencias con: 1- Nuestros Clientes & Amigos. 2- Colegas tanto Nacionales como Internacionales y 3-Pùblico en General. Sus consultas seràn respondidas a la mayor brevedad posible en forma gratuita quedando tan sòlo de parte del futuro Cliente el Desarrollo de Actividades profesionales segùn acuerdo de Honorarios Profesionales que se podrà verificar por aporte en cuenta, en fin es un BLOG PROFESIONAL que enciende un Luz en la internet para ayudar en asuntos Jurìdicos ofreciendo una respuesta oportuna para un Conflicto o una duda pendiente por resolver.Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez
ABOGADO-U.C.A.B. Caracas - Venezuela
lunes, septiembre 04, 2006
Responsabilidades Legales del Mèdico


