lunes, julio 30, 2007

Actos Administrativos ¿Que hacer?


Cuando un Ente Pùblico en Venezuela dicta un Acto Administrativo el Ciudadano esta obligado a cumplirlo so pena de que le sea ejecutado aùn en contra de su voluntad por el Ente pùblico que lo dicto (Alcaldia, Gobernaciòn,Estado) ahora bièn contra dicha actuaciòn el Ciudadano puede ejercer Recursos Administrativos como lo son : 1- Recurso de Reconsideraciòn y 2- Recurso Jerarquico ambos en la Sede Administrativa , en materia Tributaria por ejemplo estos dos Recursos Administrativos tienen el Poder de Generar con la sola interposiciòn del Recurso Administrativo la Suspensiòn pero si la autoridad NO REVOCA EL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO tendra que intentar un Recurso Administrivo de Nulidad en la JURISDICCIÒN Contencioso-Administrativa con la Salvedad de que la sòla interposiciòn del Recurso Contencioso per se no suspende los efectos del acto lo cuàl debe ser solicitado expresamente al Juez basado en dos presupuestos bàsicos y fundamentales como lo son: EL PERICULUM IN DAMNI y EL FUMUS BONIS IURIS si no logrà probar el Daño pero quiere aùn lograr la suspensiòn del Acto deberà Ofrecer Fianza principal y solidaria de una Compañia de Seguros o un Instituto Bancario claro esta previa aceptaciòn del Juez de la Causa.


Cordiales, Saludos !!!


Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez

ABOGADO-U.C.A.B.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

El concejo Municipal ha dictado en contra de mis intereses Una Resoluci�n que implica demolici�n de una Estructura de m� propiedad �Que puedo hacer?

Nelson Sandoval

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Tocas un aspecto administrativo relacionado con el Urbanismo lo primero que te debo decir es que hay que estudiar la Resoluciòn Administrativa para ver si efectivamente dicha Orden de Demoliciòn es de cumplimiento inmediato o fuè sometida a una condiciòn en caso de ser la Primera Hipotesis lo mas Seguro y rapido serà Ofrecer Fianza para evitar que se lleve a cabo la ejecuciòn del Acto, esto en forma conjunta con un Recurso Administrativo de Reconsideraciòn los cuales deberas agostar hasta llegar a la Vìa Jurisdiccional donde intentaràs demostrar al Juez los extremos de Ley para que vìa una decisiòn Interlocutoria suspenda el Acta Administrativo en cuestiòn.

Cordiales, Saludos !!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez
ABOGADO-U.C.A.B.