Lo Primero que tenemos que decir es que la Declaraciòn de Testigos constituye un Medio Probatorio ,en el que los Jueces pueden fundamentar sus Decisiones, de hecho la prueba de testigos es la màs frecuentemente utilizada en los Juicios sobre todo en los de naturaleza Penal,por èsto es que se considera de Absoluta Gravedad QUE UN TESTIGO PUEDA MENTIR AL JUEZ porque con su falsa declaraciòn estaria garantizando una SENTENCIA INJUSTA dado que manipula la verdad de los hechos y hace incurrir al Juez en una percepciòn distinta de la realidad, èste Delito se encuentra consagrado en el articulo 243 del Còdigo Penal el cuàl nos dice expresamente lo siguiente:" El que deponiendo como testigo ante la autoridad Judicial, afirme lo falso o niegue lo cierto o calle total o parcialmente lo que sepa con relaciòn a los hechos sobre los cuales es interrogado, serà castigado con prisiòn de 15 dìas a 15 meses.Sì el falso Testimonio se ha dado contra algùn indiciado por delito o en el curso de un Juicio Criminal,la prision serà de 6 a 30 meses y sì concurren esas dos circunstancias la prisiòn serà de 18 meses a tres años.Si el falso testimonio ha sido causa de una sentencia condenatoria a pena de presidio,la prisiòn serà de 3 a 5 años. Si el Testimonio se hubiere dado sin Juramento, la pena se reducirà de una sexta parte a una tercera parte." Concluimos entonces que se puede cometer El Delito de Falso Testimonio de Tres Formas:
Afirmando lo Falso en Juicio o en ocasiòn de el.
Negando lo Cierto en Juicio o en ocasiòn de el.
Callando total o parcialmente los hechos que conoce y le constan y son objeto del interrogatorio, en un Juicio o en ocasiòn de el.
Ciceròn el Famoso Abogado de Roma decìa: "...Una cosa es mentir y otra es decir mentiras..." ALIUD EST MENTIRE, ALIUD DICERE MENDACIUM en fin la gravedad de èste Delito deriva del hecho de que El FALSO TESTIMONIO desvia el criterio del Juez hacia hechos falsos y con ello se estarìa promoviendo una Sentencia injusta ES POR ÈSTO QUE ESTE DELITO SE CATALOGA COMO UN DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA.
Cordiales, Saludos !!!
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario