"Antigua Biblioteca de Alejandría"
Este interesante tema nos obliga a estudiar una a una las Instituciones y los organismos encargados de la protección de los Niños,Niñas y adolescentes en Venezuela, comenzamos por decir que el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente tal como lo establece el Art. Nro. 117 de la LOPNA (Ley orgánica de Protección al Niño y al Adolescente), es el creado para proteger todos los derechos determinados en la Ley; estos se encuentran divididos en: Órganos Administrativos: Consejo de Derechos: Se encargan de garantizar los derechos de los niños y adolescentes, formulan políticas de protección y atención; actuaran cuando se violen o sean amenazados estos derechos. Están divididos en tres ámbitos: nacional, estadal y municipal. Consejo de Protección: Se ocuparán de imponer medidas de protección cuando los derechos de un niño o adolescente fueran violados de manera individual. Su ámbito corresponde solo a los Municipios. Órganos-Jurisdiccionales: Tribunales de Protección: Es el órgano jurisdiccional especializado para conocer todos los asuntos que afecten la vida civil de los niños y adolescentes, en materia de familia, patrimoniales y laboral. Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia: Se encargará de conocer los Recursos de Casación Ministerio Público Velará por el cumplimiento de las normativas legales. Debe contar con fiscales especializados en la materia, de esta manera sustituirá al Procurador de Menores Entidades de Atención.Son las entidades de carácter público encargada de establecer programas medidas y sanciones. Las entidades de atención pueden ser constituidas comoasociaciones u organizaciones, públicas, privadas o mixtas Defensorías del Niño y del Adolescente Tienen como función primordial fortalecer los lazos familiares, brindar asistencia jurídica, difundir los derechos de los niños y adolescentes. Estas se rigen por tres principios básicos: Gratuidad, Confidencialidad., Carácter orientador no impositivo.Podemos decir entonces que la LOPNA (Ley orgánica de Protección al Niño y al Adolescente) es una normativa especial que establece un sistema de protección a los derechos fundamentales del Menor y el adolescente y ha basado sus artículos en la Doctrina de la Protección Integral, la cual tiene sus bases en un conjunto de instrumentos jurídicos internacionales, en los que cabe mencionar la "Declaración Universal de los Derechos del Niño". Es la Ley orgánica de Protección al Niño y al Adolescente que en Venezuela establece todo un mecanismo de protección que trata de evitar situaciones Graves como: maltrato infantil, Trabajo Infantil, explotación Sexual del Menor, Abandono y busca garantizar al menor y al adolescente el goce de sus Derechos fundamentales como: Salud, Vivienda, alimentación, Familia y protección, obviamente su principal fuente de inspiración es la Declaración de los Derechos del Niño de la Organización de la Naciones Unidas. En cuanto a los alcances del sistema penal de responsabilidad podemos decir que en nuestro criterio su alcance llega a determinar la responsabilidad del menor infractor aplicando Medidas Correccionales en centros especializados para tal fin, con el objetivo de lograr su recuperación y su posterior reinserción a la sociedad. (esto es el Deber ser que establece la norma) Ahora bién en material del Gobierno Venezolano en Internet encontramos la siguiente información: “Responsabilidades Penales Funciona a través de un sistema integrado por un conjunto de órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente. Aquel adolescente que incurra en la comisión de un hecho punible, responderá por su infracción en la medida de su culpabilidad. En cuanto a la responsabilidad penal del niño la LOPNA, en su artículo 529, expresa: "... Cuando un niño se encuentre incurso en un hecho punible, solo se le aplicarán las medidas de protección, de acuerdo a lo previsto en esta ley..." Los integrantes del sistema penal de responsabilidades son: Sección de Adolescentes del Tribunal Penal. Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia. Ministerio Público. Defensorías Públicas. Policía de Investigación. Programas y Entidades de Atención.” En definitiva podemos concluir sin temor a equivocarnos que el sistema legal Venezolano al menos desde el punto de vista conceptual (ya que en la práctica falta mucho todavía) ha buscado acercarse a la Normativa y Principios Internacionales en materia de Menores muy especialmente la Convención de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas en cuanto al SISTEMA DE PROTECCIÓN que allí se establece.
Cordiales, Saludos !!!!
Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea González
ABOGADO-U.C.A.B.
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