lunes, marzo 04, 2013

Derecho Mercantil: Dictamen sobre COMERCIO INTERNACIONAL empresa Importadora de cauchos"


Los Teques Capital del  Estado Bolivariano de Miranda

Para :   (Importador)

“NEUMATICOS   “ ZUCAUCHO”  S.A.”

De    : Andrea De León, Abogados Consultores.

Att: Dr: Gilberto Antonio Andrea González y/o Dra: Emilia De León Alonso

Asunto: Creación de Empresa Importadora de Cauchos.

Ref.-creación de una Empresa Importadora de Cauchos que funcionaría entre el Reino de España y la República Bolivariana de Venezuela, debo señalarle que :

Punto Previo
Las llamadas Empresas Importadoras en la mayoría de los Países del Mundo están muy controladas en cuanto a su creación y en cuanto al área en la que estas  deciden dirigir su acción porque la Importación directa de bienes crea desde el punto de vista competitivo y productivo de un País problemas para la plantilla industrial local sí ésta desarrolla la misma actividad y produce el mismo producto que se quiere importar de otras latitudes, así las cosas los Gobiernos intervienen con el propósito de proteger a los productores locales (al menos así debería ser) y lo hacen a través de una política de estímulos o desestimulos imponiendo las llamadas barreras arancelarias, que no es más que evitar la proliferación de éstas a través de Cargas de tipo Fiscal que hagan pensar al comerciante que es mejor trabajar con los productores locales ( Con el pago de Arancel, el Estado trata de contener el volumen de las Importaciones, para tratar de concentrar la atención del mercado interno en el producto Nacional). Ahora bien cuando la situación está relacionada con la ausencia de productos nacionales en un área especifica del Mercado interno Venezolano surge la necesidad de la IMPORTACIÓN siendo así y dada la necesidad del consumidor Nacional no queda más que permitir esta actividad pero sometida a férreos controles que otorguen al Estado Nacional de cualquier País intervenir y poner fin a dicha actividad bien porque en el transcurso de la misma surgió una plantilla industrial propia que pueda abarcar el negocio o bien porque al País le conviene otro Mercado distinto al que tradicionalmente provee de ese producto al País, así lo veremos con el esquema de integración de MERCOSUR al que Venezuela accedió con el Status de miembro lo cual implicará la sustitución de mercados que tradicionalmente han abastecido al mercado Venezolano para dar paso a las Grandes Empresas del Sur principalmente de Brasil y Argentina,esto no quiere decir que el Mercado Internacional no responda y comiencen los Esquemas de Triangulación muchas veces imperceptibles para los Gobiernos de turno , así ya se comienza a ver Empresarios Venezolanos que se prestan a montar estos Esquemas de Importación entre un País miembro de Mercosur y los Estados Unidos de Norteamérica nacionalizando bienes y servicios de este último y haciéndolos parte del flujo económico comercial interno de MERCOSUR para después hacerlos llegar a Venezuela disfrazados y etiquetados como productos del SUR.
                      Ahora bien el crecimiento de la economía Venezolana siempre de la mano del Mercado energético sugiere la necesidad de la actividad importadora dado que existen suficientes capitales y fortaleza económica para proponer un Esquema que permita un desempeño cómodo de las actividades comerciales en Venezuela para luchar contra el desabastecimiento de bienes y servicios que NO se producen  en Venezuela o que produciéndolos sin embargo son insuficientes para cubrir las necesidades del consumidor y por ende del Mercado, de esto básicamente dependerá obtener en Venezuela la Licencia de Importación.
               En relación a la factibilidad Comercial de la actividad económica relacionada con la  Importación de cauchos, hemos encontrado que:
1.-Que el precio del Producto Nacional es muy  alto en relación con el Importado. (PROBLEMA DE COMPETIVIDAD)
2.-Que los productores Nacionales no logran producir al mismo ritmo con que crece la demanda.(PROBLEMA DE PRODUCCIÓN)
3.-Se ha detectado el ingreso al País de cauchos importados de Mala Calidad y bajos precios que no cumplen con los estándares de calidad Internacional, ni con las normas de calidad NORVEN exigidas a la producción Nacional convirtiéndose en consecuencia en un engaño a los consumidores. (Tomado de: (Comercio Internacional y Salvaguardias  Comerciales, Editorial Atenea 2.002)
Estas condiciones harían atractivo por necesario el negocio planteado pero en virtud de las misma podrían obrar para que NO FUERE OTORGADA LA LICENCIA CORRESPONDIENTE, por lo cual desde ya asume usted el riesgo correspondiente a partir de la creación de la Empresa a esos fines.
          Antes de entrar a analizar los requisitos debemos alertarle que las llamadas Empresas de Maletín son mal vistas en la mayoría de los Países del Mundo porque ellas no constituyen fondos de comercio verdaderos sino que se crean con la apariencia de solidez y responsabilidad para pescar negocios específicos que una vez cumplidos en la mayoría de las veces traen como consecuencia la desaparición de las mismas con los subsecuentes problemas tributarios e inclusive comerciales porque no hay una sede física que permita ejercer los controles de manera debida y adecuada terminando en la mayoría de los casos con inmensos fraudes.
          También debo señalarle que crear la empresa es darle su carta de nacimiento  (Acta Constitutiva) pero sin embargo esto no implica su funcionamiento porque necesitamos la LICENCIA DE IMPORTACIÓN la cuál constituye la autorización para el inicio de actividades. Sí una Empresa realiza actividades de Importación  sin la LICENCIA DE IMPORTACIÓN va a incurrir en una figura delictiva denominada CONTRABANDO la cuál ha llevado muchas empresas a la quiebra y causado Daños y perjuicios al Fisco Nacional, de allí radica la importancia de la Licencia. Cuando un Comerciante se dedica a la Importación está realizando las llamadas OPERACIONES CON CRUCE DE FRONERAS que pueden tener implicaciones  FISCALES (TRIBUTARIAS) y PENALES de allí que podamos concluir que la actividad de un IMPORTADOR no es sencilla sino que sumamente delicada razón más que suficiente para justificar los controles de Ley.

Para la constitución de una compañía, registrar o crear una empresa en Venezuela, lo primero que tenemos que tomar en cuenta es la denominación de la Empresa o Compañía, que puede ser: Firma Personal, Compañía Anónima, Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, Sociedad Colectiva, o Sociedad Responsabilidad Limitada, aquí están los requisitos:

Se debe tomar en cuenta antes de crear una compañía o empresa:
1- Escoger el nombre o razón social de la compañía.
2- El capital suscrito y/o pagado es el aporte de cada socio, que nunca debe ser menor del 20% del capital total.
3- El objeto y servicio de la compañía o empresa.

Para registrar una compañía o empresa:
1- Solicitud de nombre o denominación social.
2- Reserva de nombre o denominación social.
3- Introducir documento constitutivo en el registro.
4- Cálculo del monto a pagar por la inscripción y pago al fisco nacional.
5- Pago por derechos de registro y firma del mismo.
6- Publicación del registro mercantil.
7- Registro único de información fiscal R.I.F.
8- Libros de contabilidad para sellar y foliar en el registro: diario, mayor, inventario, compras y ventas.
9- Inscripción en el INCES.
10- Inscripción en el Seguro Social (IVSS).
11- Solicitar conformidad de uso en ingeniería municipal y cuerpo de bomberos.
12- Obtener patente de industria y comercio en la Alcaldía
 ·        Se deberá obtener una licencia de importador
·        Una vez obtenida la Licencia de importación deberá:
Requerimientos Generales: (a completar por el Exportador Español y/o Importador en Venezuela, según el caso)
§  Manifiesto de Carga
§  Manifiesto de Importación y Declaración de Valor. Organismo Competente: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria  (SENIAT) (www.seniat.gob.ve)  
§  Declaración de Valor en Aduana - DVA. Organismo Competente: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria  (SENIAT) (www.seniat.gob.ve)  
§  Factura Comercial y Factura Pro Forma
§  Guía Aérea
§  Conocimiento de Embarque (Bill of Lading)
§  Lista de contenido
§  Certificado de Origen. Organismo Español Competente: Cámara de Comercio e Industria, de la Localidad Española en la que se encuentre la empresa.(www.cscamaras.es)
§  Planilla de Pago. Organismo Competente: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria  (SENIAT) (www.seniat.gob.ve)  
§  Autorización de Adquisición de Divisas (AAD). Organismo Competente: Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) (www.cadivi.gob.ve)
§  Autorización de Liquidación de Divisas (ALD). Organismo Competente: Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) (www.cadivi.gob.ve)
§  Registro Mercantil.
§  Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD). Organismo Competente: Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) (www.cadivi.gob.ve)
§  Inscripción en el Registro de Información Fiscal (RIF)
Requerimientos Específicos según Producto
§  Certificado de Análisis. Las autoridades competentes en Venezuela, aceptan certificados emitidos por un laboratorio del país de origen del producto, en español.
§  Certificado de Libre Venta
§  Certificación CERTINSPECCIÓN. Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER) del Ministerio de Poder Popular para el Comercio (MINCOMERCIO) (www.mincomercio.gob.ve) 

     Cordiales, Saludos !!!!
      Dr: Gilberto Antonio Andrea González
                 ABOGADO-U.C.A.B.

      Dra: Emilia De León Alonso de Andrea
              ABOGADO-U.C.A.B.

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